Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 9 de Septiembre de 2016, expediente CCF 004203/2016/1/CA001

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 4203/2016 Incidente Nº 1 - ACTOR: G,. C.H. Y OTROS DEMANDADO: ASE Y OTRO s/INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, 9 de septiembre de 2016.-

VISTOS: los recursos de apelación interpuestos y fundados en el mismo acto, por ASE a fs. 159/63 y por SWISS MEDICAL a fs. 170/77, cuyos traslados contestó la actora a fs. 208/17, contra la resolución de fs.

144/46vta., aclarada a fs. 148; y CONSIDERANDO:

1) Que en el pronunciamiento indicado, el magistrado interviniente, decretó la medida cautelar peticionada y en consecuencia -previa caución juratoria que tuvo por prestada con la suscripción del escrito de inicio- ordenó a las accionadas SWISS MEDICAL Y ASE, arbitrar los medios necesarios para mantener la afiliación y las prestaciones medico asistenciales de los señores C.H.G.,. P.N.P.,. N.P.G.,. y M.H.G.,. en el mismo PLAN SB62, que tenían hasta el momento de su baja, contra el pago de las respectivas cuotas y hasta el dictado de la sentencia definitiva.

Frente a ello la parte actora, formuló un pedido de aclaratoria, que el señor juez a-quo, admitió (ver fs. 148), en el sentido de hacer saber a las emplazadas SWISS MEDICAL Y ASE, que deberían arbitrar las medidas para mantener la afiliación y las prestaciones medico asistenciales de los señores C.H.G.,. P.N.P.,. N.P.G.,. y M.H.G.,. en el PLAN SB62, al mismo costo que tenían hasta el momento de la baja, sin perjuicio de los ajustes legalmente autorizados, contra el pago de las respectivas cuotas y hasta el dictado de la sentencia definitiva.

Además aclaró que en el decisorio de fs. 144/46, donde dice “…

el actor se encuentra afiliado a SWISS MEDICAL S.A….”, debe leerse “…

el actor se encuentra afiliado a SWISS MEDICAL MEDICAL SA y a ASE…”.

2) Que contra la mencionada decisión las emplazadas articularon sendos recursos, a fs. 159/63 y a fs. 170/77, respectivamente, Fecha de firma: 09/09/2016cuyos traslados contestó la actora con el escrito de fs. 208/17.

Firmado por: R.V.G. -G.M. -A.S.G., #28736683#161597313#20160908120656404 ASE, se agravia porque dice que ninguno de los tres presupuestos de admisibilidad de las medidas cautelares, ha sido acreditado en autos. Es decir, que no concurren en el caso, ni la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora, ni se ha ordenado contracautela suficiente. Por ello, tacha de arbitrario...

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