Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 14 de Mayo de 2015, expediente CAF 038861/2013/1/CA002

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 38861/2013 Incidente Nº 1 - ACTOR: BASUALDO, C.M. Y OTROS DEMANDADO: BCRA s/BENEF. DE LITIGAR S/G Buenos Aires, 14 de mayo de 2015.

VISTO:

El recurso de revocatoria interpuesto a fs. 209/212, contra la resolución de fs. 203/vta.; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 203/vta., se declaró la negligencia de la prueba informativa ofrecida por el Banco Central de la República Argentina, en atención al tiempo transcurrido desde la resolución que admitió su producción a cargo de la parte interesada.

  2. ) Que, contra dicha resolución, a fs. 209/212 interpuso revocatoria la demandada.

Se presenta con nueva representación y, ante todo, denuncia que el 30 de marzo de 2015 falleció la doctora Gabriela C.

Vives, quien fue apoderada del Banco Central en estos autos. Plantea que, a causa de dicha circunstancia, se vio impedida de activar en tiempo y forma la prueba ofrecida. Invoca los términos del artículo 53, inciso 6º, del CPCCN y pide que se declare la suspensión de las actuaciones desde la fecha del fallecimiento. Por otra parte sostiene que, desde la fecha en que se tuvieron disponibles los oficios para su diligenciamiento, hasta el fallecimiento de la anterior apoderada, no había transcurrido el plazo procesal previsto en el artículo 367 del CPCCN.

Fecha de firma: 14/05/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 3º) Que la petición resulta inadmisible, puesto que las resoluciones interlocutorias como la de fs. 203/vta. no son -por regla-

susceptibles del recurso de reposición, tan sólo autorizado en esta instancia para las providencias simples (arg. art. 160, 238 y 273 CPCCN, y esta S., in re “A.F.O. c/ PEN Ley 25561 Dtos 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986”, sent. del 29/6/04; entre muchas otras).

Por otra parte, no se configura en la especie ninguna circunstancia de excepción que justifique apartarse del principio general en la materia (confr. Fallos: 247:176; 253:133; 254:31; 279:239); máxime si se...

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