Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA B, 1 de Septiembre de 2014, expediente CIV 023410/2014/1

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2014
EmisorSALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 23410/2014 Incidente Nº 1 - ACTOR: PAQUEZ, JOSE DEMANDADO: GOOGLE INC s/ART. 250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL Buenos Aires, de septiembre de 2014.- FT Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a la alzada a fin de resolver la apelación planteada por la demandada Google Inc. contra la resolución de fs. 38/39, del 09/05/14, por la que se dispuso cautelarmente eliminar la sugerencia de búsqueda allí consignada (más la abstención de recomendarla) y la supresión de los registros allí reseñados. El memorial ha sido agregado a fs. 58/65 y respondido a fs. 67/73.

  2. Antes de examinar la cuestión debatida, es menester efectuar una advertencia preliminar: en el estudio y análisis de los agravios se seguirá el rumbo de la Corte Federal y de la buena doctrina interpretativa. En efecto, claro está que los jueces no están obligados a analizar todas y cada una de las argumentaciones de las partes, sino tan sólo aquéllas que sean conducentes y posean relevancia para decidir el caso (ver CSJN, Fallos: 258:304; 262:222; 265:301; 272:225; F.Y., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Comentado, Anotado y Concordado, T° I, pág. 825; F.A., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Comentado y Anotado, T 1, pág. 620). Asimismo, en sentido análogo, tampoco es obligación del juzgador ponderar todas las pruebas agregadas, sino únicamente las que estime apropiadas para resolver el conflicto (art. 386, in fine, del ritual; CSJN, Fallos: 274:113; 280:3201; 144:611).

    Es en este marco, pues, que nos abocaremos a estudiar el recurso interpuesto.

  3. La satisfacción provisoria del derecho alegado es una de las perspectivas de las providencias cautelares, que abreva no de un temor a que desaparezcan los medios probatorios útiles o aquellos bienes tendientes a lograr la ejecución forzada de la sentencia y así dar virtualidad al decisorio, sino que se enfoca en solventar un eventual perjuicio en el tiempo que dure el proceso, lo que, en muchos casos, constituye en sí mismo un periculum in mora (Calamandrei, Introducción al estudio sistemático de las providencias cautelares, p. 53).

    Esa premisa abarca tanto la esfera conservativa como la innovativa de las circunstancias fácticas del caso (Palacio, L.E., La venerable antigüedad de la medida cautelar innovativa y su alcance actual, Revista de Derecho Procesal, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, n° 1, 1998, p. 105).

    Dichas pautas fueron recogidas por el Máximo Tribunal en la...

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