Sentencia de SALA III, 25 de Septiembre de 2014, expediente CCF 001929/2014/1

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2014
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° 1929/2014 “R.C.A. c/ Swiss Medical S.A. s/ amparo”

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2014.

VISTO: El recurso de apelación interpuesto subsidiariamente y fundado por la demandada a fs. 42/51vta. (concedido en relación y con efecto devolutivo a fs. 52) contra la resolución de fs. 21/23, cuyo traslado no mereció la réplica de la contraria, y CONSIDERANDO:

  1. La señora Jueza de primera instancia tuvo por acreditada la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora, y en consecuencia, decretó la medida cautelar solicitada y ordenó a Swiss Medical S.A. a otorgar al señor C.A.R. la cobertura del 100% de las “Microesferas 100-300 DC BEAD DC2V103, conforme la prescripción médica y a fin de tratar la patología que lo aqueja (hepatocarcinoma).

    Contra esa decisión se agravia la demandada, quien sostiene –en lo sustancial- que la medicación requerida por el actor no se encuentra prevista en el PMO con una cobertura del 100 %, toda vez que no fue aprobada por ANMAT.

    Asimismo, arguye que la droga autorizada tiene el mismo efecto y alcance que las microesferas requeridas por el médico que asiste al actor (v.

    fs. 45 tercer párrafo).

  2. Es oportuno señalar que, más allá de sus agravios, la recurrente no desconoció la condición de afiliado del amparista, ni la enfermedad que padece. En concreto, no se ha cuestionado que el señor C.A.R. de 73 años de edad, afiliado a la demandada (cfr. fs. 3), padece de “hepatocarcinoma” desde el año 2013, por lo que requiere el tratamiento para curar su enfermedad.

    Fecha de firma: 25/09/2014 Firmado por: R.G.R. Firmado por: G.A.A. Básicamente, la empresa accionada centra sus críticas en que la medicación prescripta al actor por su médico, esto es la droga “Microesferas 00-300 DC BEAD DC2V103”, no se encuentra autorizada por ANMAT, y que ha ofrecido otra droga para la quimioembolización requerida cuyos efectos serían iguales a la pretendida por el actor.

    Sentado lo expuesto, cabe recordar que la verosimilitud del derecho como requisito esencial para la procedencia de la medida cautelar, refiere a la posibilidad de que el derecho exista y no a una incontestable realidad, la cual sólo se logrará al agotarse el trámite (Corte Suprema Fallos:

    306:2060; esta S., causa 10.578/05 del 9.12.2005 y sus citas).

    En el sub lite, y en relación al peligro en la demora, está

    reconocido que en los casos en que se cuestionan decisiones relacionadas con la salud...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR