Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 29 de Octubre de 2014, expediente FMZ 011088287/2007/2/CA001

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B Mendoza, 29 de Octubre de 2014.

Y VISTOS:

Los presentes autos: Nº FMZ 11088287/2007/2/CA1, caratulados: “INCIDENTE DE FALTA DE ACCIÓN DE MARCON, I.R.P.D.”, venidos del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza a esta Sala "B", en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. sub. 18/21 por la defensa del imputado, en contra de la resolución de fs. sub. 16/17 vta., en cuanto no hace lugar a la excepción de falta de acción interpuesta a fs. sub. 01/02.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en la fundamentación del recurso interpuesto, el abogado defensor del imputado entiende que la resolución atacada carece de fundamento y no constituye una derivación razonada del derecho vigente y de los hechos de la causa.

    Señala que el tribunal, al resolver, en ninguna parte de su resolución fundamenta el grado de comisión del delito que afirma haber operado en la causa, es decir no da sustento fáctico ni jurídico a su afirmación de que la supuesta administración fraudulenta se habría consumado, y consecuentemente con esta falencia, tampoco dice cuál es el punto de inicio para el cómputo del plazo de prescripción que entiende aplicable a éste caso. En razón de ello, señal que la precisión no operaría nunca.

    En razón de ello considera que debe declararse nula la resolución por falta de fundamentación.

    En segundo lugar expresa que la acción penal impulsada en contra de su defendido no se encuentra vigente, toda vez que la denuncia se interpone el día 10 de septiembre de 2007 y la convocatoria a prestar primera declaración indagatoria es de fecha 30 de septiembre de 2013.

    Fecha de firma: 29/10/2014 Firmado por: R.J.N., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

    Firmado por: H.C.E., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

    Firmado por: R.A.F., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante- 1 Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara Concedido el recurso, a fs. sub. 22; las partes son invitadas a que presenten sus informes en forma escrita, según constancia de fs. sub. 27.

    Así las cosas, a fs. sub. 44/45, obra el informe de la defensa del imputado. En el mismo, expresa que, según surge de la causa civil agregada al expediente, la Mutual denunciante, cuestionó la validez del convenio, alegando que el firmante, en su carácter de presidente, no tenía facultades para actuar, siendo que este planteo aún no ha sido resuelto en sede civil.

    En razón de lo expuesto, entiende que la acción intentada, además de estar extinguida, tampoco se corresponde con la existencia del delito denunciado, pues al no haber adquirido firmeza la homologación del convenio suscripto, no se ha verificado en el caso el perjuicio típicos que la figura consumada requiere.

  2. Que a fs. sub. 40/43 vta., obra el informe escrito presentado por el Sr. Fiscal General S.. Comienza su exposición con una reseña de los antecedentes de la causa y, luego de un resumen de la resolución atacada y de los argumentos vertidos por la defensa, señala que corresponde rechazar el recurso impetrado, confirmando la resolución recurrida.

    En primer lugar señala que todos los hechos que conforman al objeto procesal de esta causa están referidos al delito de administración fraudulenta en perjuicio de AMOES por lo que deben ser considerados como integrantes de un solo delito. Señala que la presente causa no gira en torno al convenio transaccional –

    tal como lo pretende la defensa del imputado-, sino que se refiere a la participación del mimo en la administración fraudulenta a través del suministro de información sobre los padrones de los afiliados de OSPESGA; la suscripción del convenio transaccional; la elusión del pago a AMOES de las prestaciones de salud efectuadas (a personas que le indicaban indebidamente como integrantes de OSESGA) y todas Fecha de firma: 29/10/2014 Firmado por: R.J.N., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

    Firmado por: H.C.E., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

    Firmado por: R.A.F., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante- 2 Firmado(ante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR