Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 4 de Julio de 2017, expediente FMZ 055018201/2012/2/CA001

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 55018201/2012/2/CA1 Mendoza, 04 de Julio de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº 55018201/2012/2/CA1 caratulados “INCIDENTE DE EXIMICIÓN DE PRISIÓN EN AUTOS MARTIN, G.A. p/ Infracción Ley 24.769

venidos del Juzgado Federal Nº 2 de S.J., a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación deducido por por la defensa del imputado G.A.M. (fs. 10/11 vta.) contra la resolución dictada por el Sr. Juez del Juzgado Federal N° 2 de San Juan mediante la cual no hace lugar a la exención de prisión solicitada a favor del nombrado (fs.

06/08 vta.); Y CONSIDERANDO:

  1. Que contra el interlocutorio obrante a fs. 06/08 vta., por el cual se deniega la exención de prisión oportunamente formulada en favor de G.A.M., la defensa técnica del nombrado interpone recurso de apelación a fs. 10/11 vta.-

    Entiende la defensa que el a-quo ha sustentado su decisión de forma exclusiva en la gravedad del delito, asignando al caso el estudio propio de una excarcelación, cuando lo que se solicita es la eximición de prisión.-

    Sostiene que la presunción de fuga queda desvirtuada con la propia presentación del imputado tan solo tres días después de haber sido notificado de la citación cursada, lo que evidencia su intención de someterse al accionar de la justicia. Agrega que, además, no existen elementos de prueba que demuestren que el imputado realizará actos que puedan entorpecer la investigación.-

    Fecha de firma: 04/07/2017 Alta en sistema: 05/07/2017 Firmado por: J.A.G.M., Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: R.A.F., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

    Firmado(ante mi) por: R.H.M., Ante Mí. Secretario de Cámara #29050685#183088408#20170704130828647 Concedido el recurso (fs. 12) y elevado el expediente a la alzada (fs. 14) se presenta en primer término la defensa del encartado e informa el recurso interpuesto, ampliando los argumentos expuestos en tal oportunidad, todo lo cual se da por reproducido en honor a la brevedad (fs.19/23).-

  2. Que, a fs. se presenta el Sr. Fiscal General, y contesta la vista conferida, expresando que la falta de sujeción a proceso del imputado que ha solicitado una exención de prisión durante la tramitación de la misma no puede ser considerado argumento valedero para denegar ese beneficio. Entiende que requerir ello encierra una contradicción: exigir al imputado que se constituya en detenido para discutir su libertad, por lo que el fundamento del Juez a quo relativo al pedido de captura emitido en los autos principales contra G.M. no es suficiente. -

    Por otro lado, el pedido de captura de G.A.M. (v. fs. 325 de autos principales) fue emitido de forma inmediata a la ampliación subjetiva del requerimiento de instrucción formal efectuado por el Fiscal Federal Subrogante (v. fs. 320/324), sin efectuarse citación alguna a éste de manera previa y sin que medie declaración de rebeldía del imputado.-

    Que en el mismo proveído en el que se ordenó su captura, agrega, que el Juez Federal dispuso también su citación a los fines de prestar declaración indagatoria, siendo que el imputado fue notificado de forma personal de esa citación...

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