Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 23 de Noviembre de 2016, expediente FMZ 004760/2013/1/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B 4760/2013 Incidente Nº 1 - HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A. c/ AFIP-

DGI s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD Mendoza, 23 de Noviembre de 2016.-

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 4760/2013/1/CA1 caratulados:

INCIDENTE EN AUTOS HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A. c/ AFIP-

DGI s/ ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

venidos del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, a esta Sala “B”, para resolver el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la actora contra la resolución obrante a fs. sub. 120 vta. en cuanto en cuanto considera improcedente el pedido de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.854 y previo al tratamiento del pedido de medida cautelar, requiere al Estado Nacional que produzca en el plazo de 5 días el informe previsto en el art. 4 de la ley 26.854, que dé cuenta del interés público comprometido.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, contra la resolución de fs. sub. 120 vta., el representante de la actora interpone recurso de apelación a fs. sub. 121 vta. el que es concedido a fs. sub.

    122.

  2. A fs. sub. 123/127 vta., la recurrente funda el recurso interpuesto agraviándose en primer término porque el artículo 4, de la ley 26854 resulta claramente violatorio de principios y garantías constitucionales, como la tutela judicial efectiva, la división de poderes, el derecho al debido proceso formal y sustancial, así como también de los derechos reconocidos por los instrumentos Fecha de firma: 23/11/2016 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #15611845#167083630#20161117105916227 internacionales con jerarquía constitucional, todo ello en concordancia con los recientes pronunciamientos de los distintos magistrados del fuero federal. Alega más argumentos que damos por reproducidos en honor a la brevedad. Hace reserva del caso federal.-

    III- Que la presente causa se inicia con la acción declarativa de certeza por “Hidroeléctrica Diamante S.A.” contra la AFIP- DGI con el objeto de que ejerza el control de inconstitucionalidad correspondiente y arroje certeza acerca de la aplicación a su mandante, del art. 39 de la ley 24.073 y normas complementarias, tales como el art. 4º de la ley 25.561 y 5º del decr. 214/02, con relación al impuesto a las ganancias del periodo fiscal 2012.-

    Lo primero que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR