Sentencia de Sala I, 9 de Mayo de 2013, expediente 47.935

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2013
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I C. 47.935 “Inc. de prescripción de Basadonna, J.A. en autos: Secretaría de Transporte s/defraudación por adm. fraudulenta”

Expte. N° 11.963/11/8

Juzgado N° 1, Secretaría N° 2

Reg. N° 456

Buenos Aires, 9 de mayo de 2013.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del USO OFICIAL

Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra la resolución obrante a fs. 15/20, en cuanto dispuso declarar extinguida por prescripción la acción penal en esta causa respecto de J.A.B. y, en consecuencia, sobreseer al nombrado.

II- En primer lugar, es importante recordar el modo en que se iniciaron estas actuaciones.

En el marco de la causa Nº 15.807/02 se investiga la posible actividad defraudatoria que habrían desplegado, en perjuicio de la Administración Pública, distintos funcionarios de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (en adelante la CNRT) en connivencia con los directivos de la firma Trenes Metropolitanos General Roca S.A. (en adelante la TMGR), durante el desarrollo del contrato de concesión de la ex línea Roca de ferrocarriles –Grupo de Servicio 4-, que fue celebrado el 28 de diciembre de 1994 entre el Estado Nacional, representado por el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y la mencionada empresa.

En aquellas actuaciones, y con motivo de las consideraciones que habían sido volcadas por esta S. al resolver en la causa 44.327 (ver fs.

1804/0vta.), la jueza instructora extrajo testimonios para continuar en forma separada el trámite del sumario en relación con los funcionarios de la Secretaría de Transporte, dando origen de ese modo al presente expediente n° 11.963/11.

Puede decirse, entonces, que ambos legajos versan sobre una única investigación, diferenciándose exclusivamente por la órbita de competencia de los funcionarios públicos implicados tanto en una como en otra (CNRT o Secretaría de Transporte) y por el estadio procesal en la que cada una de ellas se encuentra.

  1. La cuestión debatida en la presente incidencia se vincula centralmente con la calificación legal que corresponde asignarle a los hechos explorados, como paso previo para analizar la posibilidad de aplicar el instituto de la prescripción de la acción penal.

Por un lado, la jueza considera la figura prevista en el artículo 173, inciso 7°, en función del artículo 174, inciso 5° del Código Penal,

tipificación que no sólo se encuentra en línea con el...

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