Se inauguró la nueva cárcel de contraventores de la ciudad en Pompeya

¿Qué tienen en común un quiosquero, el dueño de un boliche, un conductor y un barrabrava? Si se portan bien, nada, pero si violan alguna de las leyes del Código Contravencional porteño, podrían compartir las celdas de la nueva cárcel para contraventores que comenzó a funcionar ayer en Pompeya.

Vender alcohol a menores, violar una clausura, manejar ebrio u hostigar e intimidar son algunas de las violaciones a las leyes de convivencia de la ciudad que pueden tener como pena el arresto.

Hasta ayer, al no haber un espacio construido y destinado para ese fin, los jueces locales se veían obligados a dictar sentencias de arresto domiciliario, que en muchos casos es de difícil control.

El lugar de detención está dentro del Centro de Servicios Judiciales que construyó el Consejo de la Magistratura en Beazley 3860. "En 2012, ante la manifiesta necesidad de que la ciudad contara con un espacio para el alojamiento provisorio de contraventores, los consejeros porteños aprobaron en reunión plenaria la construcción de un centro de detención", explicó Juan Manuel Olmos, presidente del Consejo de la Magistratura, que recorrió ayer las instalaciones junto a miembros del Poder Judicial local y del Ministerio de Justicia y Seguridad.

El centro se construyó en lo que era el edificio de la Editorial Santillana. La cárcel funciona en el segundo piso y tiene su propio ingreso.

Hay un pabellón masculino y otro femenino. En el primero hay diez habitaciones y en el segundo, cuatro. El espacio más grande es el común, que tiene un área interior y otra exterior. Los baños son compartidos. La Policía Metropolitana custodia el lugar con 15 efectivos por turno.

Cabe recordar que el plazo máximo de detención puede alcanzar los 90 días en alguna causa, por ejemplo, de juego clandestino, o que involucre a menores.

En 2014, 116 personas tuvieron pena de arresto. Y, según la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura, las contravenciones que prevén penas de arresto que se suscitaron con mayor frecuencia en 2013 fueron: hostigar, maltratar e intimidar (1 a 5 días de arresto); violación de clausura (5 a 20 días); conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes (1 a 10 días), y la portación de armas no convencionales (5 a 15 días).

Larga historia

La cárcel de contraventores tiene una larga historia. Hasta 1997, en la ciudad regían los edictos policiales, que a fines de ese año dejaron de tener efecto luego de que la Legislatura dictara el primer...

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