Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 22 de Octubre de 2020, expediente FRE 019263/2018/CA002
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
Resistencia, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil veinte.
VISTO:
El presente expediente registro N° FRE 19263/2018/CA2, caratulado:
LEGAJO DE APELACIÓN EN AUTOS: VUCKO, MARIO RUBÉN Y OTROS
SOBRE RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PÚBLICO,
HOMICIDIO SIMPLE, HOMICIDIO AGRAVADO (ART. 80, INC. 8, CP) Y
ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO (ART. 874, INC. 1, AP. “D”, CÓDIGO
ADUANERO)
, proveniente del Juzgado Federal de Presidencia R.S.P., del
que;
RESULTA:
-
Que vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de
apelación deducido por el Defensor Público Oficial –en representación de A.U.
contra el resolutorio que dispuso el auto de procesamiento sin prisión preventiva en
relación a la nombrada, por hallarla responsable del delito de acopio de municiones de
armas de fuego sin autorización (art. 189 bis, punto 3°, primer párrafo, del Código Penal),
trabando embargo sobre sus bienes.
Para así decidir la Jueza a quo tuvo en cuenta que las presentes actuaciones se
originaron en virtud de un llamado telefónico a dicha M., donde se puso de
manifiesto la presunta existencia de una organización que se dedicaría al tráfico de
estupefacientes y/o transporte de mercaderías en infracción a la Ley 22.415.
En virtud de ello, el Ministerio Público F. ordenó tareas de investigación e
inteligencia a fin de corroborar la veracidad de la denuncia, designando para el
cumplimiento de dichas medidas a la UNIPROJUD, organismo que mediante Notas ÑQ9
2051/01 y ÑQ92051/02 hizo saber el resultado de los trabajos ordenados por el F.
Federal y solicitó la intervención telefónica de G.P., H.O.V. y
M.R.V., medida que fue concedida en fecha 20/03/2019.
Con el devenir de la pesquisa la prevención continuó informando al
representante del Ministerio Público F. sobre los avances de la investigación,
solicitando más intervenciones telefónicas de los supuestos intervinientes en la maniobra
delictiva. En dicho contexto se pudo constatar que V., junto a J.C., realizarían
un viaje el 14 de noviembre de 2019 para llevar cigarrillos a la localidad de V.Á.,
oficiando el último nombrado de puntero.
Por tal motivo, la fuerza actuante requirió apoyo al Escuadrón N° 1 de
Gendarmería Nacional y a la Sección Vial “V.Á.” para implementar un control de
ruta en la localidad de La Tigra, coordinando un seguimiento. Luego detectaron que V.
Fecha de firma: 22/10/2020
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
salió de su domicilio a las 04:00 horas en una camioneta Toyota Hilux blanca, dominio AD
334 IY.
Seguidamente, al acercarse dicho rodado al puesto de control sobre la ruta, se le
indicó al chofer mediante señales que estacione a un costado, haciendo éste caso omiso,
incrementando la velocidad y efectuándose desde el vehículo dos disparos con arma de
fuego en dirección al personal policial. Ante tal situación, se inició un seguimiento por Ruta
N° 95, visualizando que la camioneta tomó un camino alternativo y se logró dar a la fuga.
Con posterioridad, personal de la fuerza que se desplazaba por la RN N° 95,
observó la presencia de un vehículo estacionado con balizas en la intersección con la Ruta
Provincial N° 6, por lo que interrogaron a la persona que se encontraba allí, quien
respondió que se dirigía hacia la ciudad de V.Á., identificándose como Juan José
Agustín Carrión. De la requisa del automóvil marca R.D., dominio KLI 075, se
secuestró mercadería ilegal, dos...
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