Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 16 de Septiembre de 2022, expediente FCT 000972/2018/CA001

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

FCT 972/2018/CA1

Corrientes, dieciséis de septiembre de 2022.

Visto: los autos caratulados “V., C.A. y Otros s/

Falsificación de Documento Público y Falsedad Ideológica”, Expte. N° FCT

972/2018/CA1 del registro de esta Cámara, proveniente del Juzgado Federal de

Paso de los Libres, Corrientes.

Y Considerando:

  1. Que, ingresan las presentes actuaciones a esta Alzada, en virtud del

    recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial, en representación de

    los imputados de autos, contra la resolución de fecha 22 de abril de 2022,

    mediante la cual el juez a quo dictó el auto de procesamiento –sin prisión

    preventiva en contra C.A.V. por hallarlo autor responsable

    del delito de falsificación de documento público (art. 293 Código Penal) en

    concurso ideal (art. 54 CP), y a J.L.R.M. por hallarlo autor

    del delito de uso de documento público falso o adulterado (art. 296 en función

    del art. 292 CP) en concurso ideal (art. 54 CP), trabando embargo sobre sus

    bienes, hasta cubrir la suma de cien mil pesos ($100.000) respectivamente.

    Para así decidir, consideró que las presentes actuaciones se iniciaron

    ante el Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata,

    provincia de Buenos Aires, con motivo de una demanda de nulidad de contrato

    presentada en fecha 24 de octubre de 2016, conjuntamente por los Sres. Estela

    H.L. y L.E.G.. En ella, se denunciaba la falsedad

    del contrato de prenda con registro y firmas certificadas, correspondiente al

    automóvil marca Toyota, modelo "Corolla", dominio "OQC716", en razón de

    que los denunciantes desconocieron haberlo rubricado, dado que figuran como

    deudora y acreedor respectivamente.

    Dicho contrato de prenda con registro fue presentado para su

    inscripción el día 30/06/2015 ante el Registro Nacional de la Propiedad del

    Automotor de la ciudad de Paso de los Libres, Corrientes, junto al formulario

    03 de solicitud de inscripción de contrato prendario, obrando en el mismo las

    Fecha de firma: 16/09/2022

    Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA

    firmas de los denunciantes L. y G., las que aquellos desconocieron

    como propias. A su vez, la Actuación Notarial de Certificación de Firmas N°

    00059359 vinculada al contrato de prenda con registro y el Formulario 03,

    habría sido realizada por el Escribano Público Nacional Carlos Augusto

    Villanueva, Colegiado N° 1004, con domicilio notarial en la ciudad de Paso de

    los Libres.

    Resaltó que, al prestar declaración testimonial ante la justicia

    bonaerense, la Sra. Estela H.L. y su cónyuge L.B.,

    refirieron que habían adquirido el rodado tres años atrás en Mar del Plata a

    una persona de apellido "E., acordando con el vendedor una prenda

    sobre el vehículo, que fue debidamente saldada, y que al momento de intentar

    venderlo surgió que debían dar de baja la prenda que encontraba plasmada en

    el título automotor, figurando como acreedor prendario el Sr. Lautaro Edel

    Gómez. En igual sentido, este último declaró que desconocía dicha operación

    comercial, negando no solo no haber realizado contrato de prenda, sino que

    además la firma inserta en los documentos en cuestión, no le pertenecía y que

    nunca había estado en Paso de los Libres.

    En razón de ello, le atribuyó a J.L.M. haber usado los

    documentos cuestionados de falsedad, los días 30 de junio y 01 de julio de

    2015 ante...

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