Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 2 de Mayo de 2022, expediente FLP 032501/2016/CA002

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

FLP 32501/2016/CA2

La Plata, 5 de mayo de 2022.

VISTO: Este expediente FLP

32501/2016/CA2, caratulado: “F B V s/INFRACCION LEY

22.421”, procedente del Juzgado Federal N° 1 de Lomas de Z., Secretaría N° 3.

Y CONSIDERANDO:

  1. La defensa de F B V interpuso recurso de apelación contra la resolución del día 21 de septiembre de 2021, mediante la cual el magistrado de primera instancia resolvió dictar el procesamiento del nombrado como autor del delito previsto en el art. 27

    en función del art. 25 primer párrafo de la de la Ley 22.421 ¬art. 45 del C.P. y mandó a trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos ($50.000).

    El recurso fue concedido el día 28 de septiembre de 2021 (fs. 192)

  2. Las presentes actuaciones se iniciaron con la denuncia efectuada por la unidad fiscal de investigaciones en materia ambiental (UFIMA). Allí se dio cuenta de la comercialización de especies protegidas, por parte del usuario “F J-J” en la red social Facebook.

    Las consultas efectuadas al Registro Nacional de las Personas, sumado a la información pública obtenida del perfil de redes sociales y las tareas investigativas llevadas a cabo por el Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina, permitieron establecer la identidad de F B V, como la persona física usuaria del perfil de la red social Facebook.

    El resultado de los allanamientos realizados en los domicilios de la calle A B XXX y de la calle J XXX esquina A G de B, ambos de la localidad de Monte Grande, Provincia de Buenos Aires, permitió

    constatar que V tenía en su poder -en el interior de su vivienda- ejemplares de las siguientes especies:

    dieciocho J, un cardenal copete rojo, un botón de oro peruano, y ejemplares de diversas aves; también se secuestraron diversos teléfonos celulares, propiedad del encartado, los cuales fueron peritado por la División Tecnologías Aplicadas de la Policía Federal Argentina.

    Del análisis realizado por la Sección Fauna y Flora del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina, en los teléfonos secuestrados, propiedad del imputado, se reveló que existían diferentes ofrecimientos de compra, venta y Fecha de firma: 02/05/2022

    Alta en sistema: 03/05/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    canje de especies de aves que corresponden a ejemplares de fauna silvestre.

    Con los elementos sucintamente reseñados, se lo citó a prestar declaración indagatoria el día 14 de abril de 2021 (ver fs. 186).

    El imputado hizo uso de su derecho a negarse a declarar (fs. 189).

  3. Así las cosas, el magistrado de primera instancia dictó el procesamiento de F B V en los términos expresados en el considerando I (ver fs.

    190).

    En síntesis, el a quo consideró

    acreditado que el imputado se dedicaba al almacenamiento y comercialización de diversos ejemplares de la fauna silvestre provenientes de la caza furtiva, al menos en el período comprendido entre el 20 de enero del año 2016 y 24 de octubre del 2019,

    y que utilizaba para ello su usuario de la red social “facebook” denominado “F J J”. Asimismo, sostuvo que entre las especies comercializadas se encontraba el cardenal copete rojo (P coronata), J (S L) y botón de oro peruano (S F); circunstancia que tuvo por corroborada a partir del allanamiento llevado a cabo por personal de la Dirección de Flora y Fauna de la Provincia de Buenos Aires junto con Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina el día 24

    de octubre del año 2019 en el domicilio del imputado sito en calle P XXX de la localidad de Monte Grande,

    Provincia de Buenos Aires (ver fs. 478/509).

    Por otra parte, tuvo en consideración las conclusiones obtenidas por personal de la División Tecnología Aplicada de la misma fuerza policial sobre el teléfono celular de F V, del que señaló que se desprende que realizaba diferentes ofrecimientos...

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