Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 4 de Agosto de 2021, expediente FSA 015021/2018/CA001

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 15021/2018/CA1

Salta, 3 de agosto de 2021.

Y VISTA:

Esta causa nº FSA 15021/2018/CA1

caratulada “T., D.L., T., S.D.,

C., V. y G., A. s/ contrabando artículo 864, inc. a)Código aduanero”, originaria del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán; y RESULTANDO:

1) Que se elevan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por el defensor de menores en representación de S.D.T. el 4/3/21, en contra de la resolución del 26/2/21 por la que se dispuso su procesamiento, sin prisión preventiva, por el delito de encubrimiento de contrabando (art. 874, inc. “d” de la ley 22.415).

Señala que si bien su asistido ya cumplió

la mayoría de edad, cuando sucedió el hecho investigado (3/5/18)

era menor, por lo que debió haber sido juzgado de manera diferente a sus consortes de causa.

En ese sentido, destaca que el art. 4 de la ley 22.278 (régimen penal de menores) establece que la imposición de una pena a un menor de 16 a 18 años de edad se reducirá en la forma prevista para la tentativa, disminución que “constituye una obligación y mandato constitucional y convencional de las autoridades judiciales […] sin que pueda ser entendida como una mera facultad discrecional”. En consecuencia, postula que el plazo para la prescripción de la acción penal tiene un correlato reductor Fecha de firma: 04/08/2021

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

que guarda coherencia y, por lo tanto, el dies ad quem acontecerá

antes que para el caso de un adulto; concluyendo que por ello ya transcurrió el término de prescripción aplicable a su asistido.

El defensor oficial ante esta Alzada solicita que se tenga por fundado el recurso interpuesto por su par de la instancia anterior, agregando que la escala penal que debe aplicarse para computar la prescripción de la acción penal de T. (con la reducción prevista en la ley 22.278) es de seis meses a dos años de prisión, por lo que teniendo en cuenta que el primer llamado a recibir declaración indagatoria data del 9/5/18, la causal extintiva habría operado el 9/5/20.

2) Que el F. General sostiene que la reducción del máximo penal invocada por la defensa debe ser tratada en la etapa del debate, pues para su concesión se requiere la declaración previa de responsabilidad penal del...

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