Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 2 de Julio de 2019, expediente FSM 000334/2019/CA001

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7996 - FSM 334/2019/CA1 “IMPUTADO: TOMODACHI TWIN S.A Y OTRO s/MEDIDAS PRECAUTORIAS”

Reg. N°: 8529 S.M., 2 de julio de 2019.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación deducido por los representantes de la Administración Federal de Ingresos Públicos a Fs. 126/128, contra la resolución de Fs. 124/125Vta. que revocó la resolución nro. 452/2017 de la División Jurídica de la Dirección Regional Oeste de la Dirección General de Impositiva de la AFIP, por la cual se había impuesto una multa de seis mil pesos y la clausura, por siete días, del establecimiento comercial de nombre “Sibo Área Sushi”, sito en la calle Necochea 193 de la localidad de Ramos Mejía, partido de La Matanza, de la firma “TOMODACHI TWIN SA”, en orden a la infracción prevista por el Art. 40 inc. “a” de la ley 11.683.

En la instancia, el F. General no adhirió a la impugnación (Fs. 139), en tanto que el recurrente la sostuvo (Fs. 138), mientras que la representante de la firma Fecha de firma: 02/07/2019 Alta en sistema: 18/07/2019 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #33090905#236527961#20190702125011269 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7996 - FSM 334/2019/CA1 “IMPUTADO: TOMODACHI TWIN S.A Y OTRO s/MEDIDAS PRECAUTORIAS”

Reg. N°: 8529 “TOMODACHI TWIN SA”, efectuó las apreciaciones que obran a Fs. 141/143.

Los antecedentes del caso informan que la infracción a la que alude el acta labrada en el formulario F8400/L nº 0730002017004801602, obrante a Fs. 7, de fecha 20 de enero de 2017, en el local comercial aludido -que se encontraba abierto y atendiendo al público-

consistió en “no emitir comprobantes, tickets, facturas u otro documento equivalente, configurando la infracción del Art. 40 inc. “a”

de la ley 11.683.” (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

A raíz de ello, la Dirección Regional Oeste de la AFIP resolvió, con fecha 6 de marzo de 2017, aplicar la sanción de multa de $6000 (seis mil pesos) y clausura por 7 días del establecimiento comercial (Fs. 23/30). Luego, siempre en sede administrativa, mediante la resolución n° 85/2017 se mantuvo la sanción de multa y la clausura dispuesta (Fs. 74/84).

Ahora bien, ceñida la Sala a lo...

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