Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 14 de Diciembre de 2015, expediente FTU 026932/2012/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

26932/2012 IMPUTADO: SOLORZANO, BLANCA ROSA Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: MUNICOY, R.D.P.J. de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2015.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación deducido contra la resolución de fs. 57/59; y CONSIDERANDO:

Que contra la resolución de fs. 57/59, que dispone declarar la falta de mérito de B.R.S., R.F.Z., A.C.M. y P.R.G. en orden al delito previsto y penado por el art. 181 del CP., deduce recurso de apelación el Ministerio Público Fiscal a fs. 60/62.

A fs. 77/84, el Sr. Fiscal General, Dr. A.G.G., presenta informe de agravios por escrito.

Expresa que el auto apelado adolece de una severa contradicción, pues al describir el supuesto punitivo se adentra en el análisis del tipo subjetivo y objetivo, haciendo hincapié en los medios comisitos, y omite considerar el informe de Gendarmería Nacional que acredita la conducta del despojo, lo cual genera una causal de nulidad, de conformidad con lo dispuesto por el art. 123 procesal.

Considera que las pruebas agregadas en autos bastan para acreditar la conducta de los imputados por la presunta usurpación en contra del Estado Nacional, representado en esta ocasión por la “Belgrano Cargas S.A.”.

Por lo que solicita se revoque la resolución apelada y se disponga el procesamiento de B.R.S., R.F. de firma: 14/12/2015 Firmado por: DR.RICARDO MARIO SANJUAN , Firmado por: DR.ERNESTO CLEMENTE WAYAR, Firmado por: DRA.COSSIO MARINA JOSEFA, Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I. (SECRETARIO), 26932/2012 IMPUTADO: SOLORZANO, BLANCA ROSA Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: MUNICOY, R.D.P.J. de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN F.Z., A.C.M. y P.R.G. en orden al delito previsto y penado por el art. 181 del CP.

Que previo a resolver, este Tribunal entiende que corresponde efectuar las consideraciones que a continuación se exponen.

I) Las presentes actuaciones se inician a fs. 1/5, con motivo de la denuncia presentada por el Sr. R.D.M., apoderado de SOESA, dando cuenta que recibió un llamado telefónico que indicaba que personas desconocidas estaban usurpando terrenos en la zona de Estación Simoca.

Agrega el denunciante que al momento de arribar al lugar se detectó que entre las vías férreas Km. 1216,800 100 metros al norte del paso nivel de la Ruta Provincial n° 326 y vías del FFCC Gral. B., hasta aproximadamente el Km. 1261,900 al norte de de la ciudad de Simoca, personas desconocidas ocupaban el predio, delimitando el terreno algunos, y otros construyendo viviendas precarias sin autorización por parte de las autoridades del Ferrocarril o del Estado Nacional -se agregan fotografías que ilustran la situación-.

A fs. 20/25, se acompañan las tareas de investigación llevadas adelante por personal de Gendarmería Nacional, entre las que cabe destacar que se procedió a...

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