Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 31 de Octubre de 2018, expediente FSA 006802/2016/CA001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 6802/2016/CA1 Salta, 31 de octubre de 2018.

Y VISTA:

Esta causa N° FSA 6802/2016/CA1 caratulada: “SANTOS, LAZARO S/INFRACCION ART. 303”, originaria del Juzgado Federal de Jujuy N° 1, y RESULTANDO:

1) Que se elevan las actuaciones de referencia a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 147/149 y vta. por la Defensa Técnica de Santos Lázaro –Dr. H.A.M.- contra la decisión de fs. 144 -de fecha 9/11/17- por la cual no se hizo lugar al pedido de suspensión y archivo de las actuaciones ni a la devolución del dinero secuestrado.

2) Que la presente causa se inició el 27/4/16 cuando personal de la Sección “Tres Cruces” de Gendarmería Nacional del Departamento de Humahuaca de la Provincia de Jujuy, se encontraba realizando un operativo público de prevención sobre la ruta N° 9, a la altura de esa localidad, oportunidad en la que arribó un vehículo marca Peugeot 307, dominio GCE-350- proveniente de La Quiaca con destino a San Salvador de Jujuy conducido por S.L., quien circulaba acompañado por tres personas identificadas como Griselda Anahí

Lázaro, Á.J.M. y M.S.C..

Al efectuárseles una requisa se detectó

que todos llevaban entre sus prendas diversos fajos de dinero en Fecha de firma: 31/10/2018 Alta en sistema: 01/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA INTERINA #28355735#220400851#20181031090219336 billetes de $100 pesos, totalizando la suma de $ 510.000 (pesos quinientos diez mil); de las que luego S.L. manifestó de manera voluntaria y espontánea ser el único propietario, haciéndose responsable del dinero transportado por sus acompañantes.

Se hizo constar la presentación de una declaración de aduanas por el ingreso de valores por la suma de $80.000, como asimismo que el nombrado adujo que poseía un comercio minorista en la ciudad de La Quiaca, que cerró a principios del año 2013 y que después de se dedicó al cambio de Divisas en la Ciudad de Villazón-Bolivia, cuya casa de cambio lleva el nombre de “Lázaro Cambios”.

Consultado el Fiscal Federal dispuso que se promueva acción penal por el delito de lavado de activos en infracción al art. 303 del Código Penal, avalando dicha medida el Juzgado Federal de Jujuy N° 1 (cfr. fs. 2/3).

3) Que, además, ha de señalarse que la investigación fue delegada a la Fiscalía Federal por decreto de fecha 24/5/16 (cfr. 32) quien a fs. 33 dispuso una serie de medidas probatorias consistentes en pedidos de informes a: Dirección de Aduanas (sobre actividades económicas, ingresos y movimientos bancarios, bienes), Registro de Reincidencias (antecedentes penales), F. y Juzgados Federales de Salta y Jujuy (sobre causas que registre el encartado), Gendarmería Nacional (para informe ambiental y vecinal); Afip-DGI (sobre su registro como contribuyente y/o antecedentes sobre inclusión en la base de Fecha de firma: 31/10/2018 Alta en sistema: 01/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA INTERINA #28355735#220400851#20181031090219336 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 6802/2016/CA1 facturas apócrifas) y a la Unidad de Información Financiera (sobre reporte de operaciones sospechosas), los que obran contestados a fs. 68/74; 60; 49, 59, 66; 74; 83/86; 88, 64 y vta. y 76, respectivamente.

Por...

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