Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 13 de Octubre de 2016, expediente FLP 062011518/2012/CA001

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 62011518/2012/CA1 Plata, 13 de octubre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el nº FLP 62011518/2012/CA1 (7501/I) caratulada “S.

sobre homicidio culposo”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Junín.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega la causa a este tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos a fs. 294/297 y vta. por M. con el patrocinio letrado del Dr. J.A.Z., y a 298/301 y vta. por T., en representación de su hija menor A., con el patrocinio letrado del Dr.

    J.C.B. -ambas querellantes-, contra la resolución de fs.

    284/290 a través de la cual el a quo dispone sobreseer a S. en orden al delito de homicidio culposo, declarando que la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado (art. 336 inciso 4°). Dicho recurso no contó con la adhesión del F. General (v. fs. 321). Por su parte, la Sra. Defensora Pública Oficial, Dra. M.I.S. presenta escrito de mejora de fundamentos en representación de la nombrada S. a fs. 324/325 vta.

  2. Mediante los escritos de apelación interpuestos, los doctores J.A.Z. y J.C.B. manifiestan como motivo de agravio que el juez a quo funda su decisión en la declaración de la propia imputada, en el testimonio de un sujeto que circulaba detrás del camión y sólo efectúa una somera alusión a las pruebas mecánicas y accidentológicas, sin profundizar en ellas.

    Entienden los letrados que de los dichos del testigo D.

    -quien circulaba en el mismo sentido que las víctimas- surge que los fundamentos expresados por el juez en la resolución cuestionada no se corresponden con la verdad material, en cuanto sostiene que el accidente se produjo a raíz de que la camioneta F-100 conducida por A. -quien falleció a consecuencia de la colisión- intentó de manera exigida sobrepasar al vehículo Kangoo de color blanco, provocando el choque que se investiga.

    Fecha de firma: 13/10/2016 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA #11444277#164138268#20161014105003915 Por el contrario, afirma la defensa que la imputada “debió

    extremar sus recaudos en la conducción dado su carácter de conductor profesional, que realiza una maniobra antijurídica” y “consecuentemente como lo determinaría la pericia...

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