Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 18 de Abril de 2016, expediente FPO 000452/2016

Fecha de Resolución18 de Abril de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 452/2016 “Expte. FPO 452/2016”

sadas, a los 18 días del mes de abril de 2016.

VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que arriban las presentes

al conocimiento de este Tribunal con motivo de la Prórroga de la

Prisión Preventiva dispuesta con relación al expediente “FPO 396/2014

R. D. F., R. Y OTROS s/ CONTRABANDO DE

ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PÁRRAFO CÓDIGO

ADUANERO”, por el término de seis meses.

2) Que las razones invocadas por el Magistrado a los efectos de

la prórroga de la prisión preventiva resultan cotejables a partir del

dictado del auto de procesamiento confirmado por esta Cámara de

R., de nacionalidad paraguaya en orden al delito

de contrabando de importación de estupefaciente calificado (arts. 866,

segundo párrafo, en función del 864, incisos a) y d) con la calificante

del 865, inciso g), del Código Aduanero).

Que a raíz de las diligencias probatorias dispuestas en las

actuaciones logró verificarse la existencia de un entramado de

maniobras en las que han intervenidos varias personas, orientadas a

extraer del circuito de circulación legal de medicamentos veterinarios

cuya comercialización se halla circunscrita al mercado interno, por

ende con prohibición de ser exportada.

Que el Magistrado de la anterior Instancia sostuvo que nos

encontramos en presencia de un delito cuya perpetración demandó

una estructura compleja con ramificaciones en distintas ciudades de la

Argentina, como así también en el país vecino de Paraguay, con una

clara amplitud de medios delictivos, y con actividades relacionadas a

la logística, que demandan la adquisición del medicamento para uso

veterinario, su posterior desvío de los canales de control de

comercialización en el mercado local, el clandestino egreso de la

Fecha de firma: 18/04/2016 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.T. DE SKANATA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIO DE CAMARA #28031220#151318183#20160418073708971 sustancia ketamina por paso y en fecha indeterminados, habiendo

posteriormente llevado a cabo el clandestino reingreso de esa

sustancia a territorio de la República Argentina el procesado bajo

prisión preventiva R. conforme quedó acreditado en

autos.

Que en la causa se ha secuestrado un total de cien cajas con la

inscripción “Ketonal – Ketamina 50 mg/ml – anestésico general

disociativo” elaborado por laboratorios...

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