Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 3 de Septiembre de 2019, expediente FSM 002141/2018/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 2141/2018/CA1 (9074), C.: “IMPUTADO:

RAUDINO, S.s.P.A.F., del Juzgado Federal de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3.

Registro de Cámara: 9049 M., 3 de septiembre de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos obrados a estudio de la Sala en virtud del recurso de apelación formulado por la defensa oficial de S.K.R., contra el auto de Fs. 84/87 que dispuso su procesamiento por considerarla prima facie, autora del delito de defraudación por administración fraudulenta, cometido en perjuicio de una administración pública, en los términos previstos y reprimidos por el artículo 173, inciso 7°, en función del artículo 174, inciso 5°, del Código Penal (Fs.

    92/94Vta.).

  2. Se agravia el recurrente por considerar que la conducta endilgada a la encausada resulta atípica, por cuanto –habiéndose reintegrado de modo completo el monto sustraído- no se ocasionó el perjuicio requerido por la figura en trato.

    Subsidiariamente, invocó que el comportamiento de R. se encuentra amparado en las previsiones del artículo 34, inciso 2°, del Código Penal dado que, tal como invocó en su descargo, fue motivado por una situación delicada en su vida personal, constitutiva de un estado de necesidad exculpante (Fs.

    92/94).

  3. El presente sumario tuvo inicio el 29 de diciembre de 2017, en virtud de la denuncia formulada por la apoderada de -1-

    Fecha de firma: 03/09/2019 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S. Firmado por: MARCOS MORÁN Firmado(ante mi) por: M.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #31186312#243022220#20190903122806162 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 2141/2018/CA1 (9074), C.: “IMPUTADO:

    RAUDINO, S.s.P.A.F., del Juzgado Federal de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3.

    Registro de Cámara: 9049 la Comisión Nacional de Energía Atómica, que dio cuenta que la encausada habría administrado fraudulentamente el dinero adjudicado a la caja chica de la Gerencia de Gestión de Calidad de la Comisión Nacional de Energía Atómica, habiendo reconocido su utilización para una finalidad distinta de aquélla para los cuales le fue encomendada la tarea, ello por un total de veintitrés mil setecientos veinte pesos (Fs. 29/30).

    De conformidad con el contenido del Expediente CUDAP:

    EXP-CNA N° 0008673/17 de ese organismo, iniciado para realizar una investigación administrativa de los hechos aquí analizados, surge que la nocente había comunicado a su superior...

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