Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Octubre de 2019, expediente FSA 008969/2018/CA001

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II Salta, 30 de octubre de 2019.-

Y VISTA Esta causa FSA 8969/2018/CA1 caratulada “PETERSER S.R.L. POR AVERIGUACIÓN DE DELITO” proveniente del Juzgado Federal de Tartagal, y RESULTANDO 1) Que llegan las actuaciones de referencia a consideración de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

338/346 y 347/353 por la defensa técnica de R.A.C., C.J.R. y A.O.A., en contra de lo dispuesto en el segundo párrafo de la providencia de fs. 101 por la cual se dispuso “la inhibición general de bienes, el bloqueo preventivo de las cuentas bancarias de la firma Peterser SRL y de sus socios gerentes, conforme 1596/97 de la documentación reservada, A.O.A., J.P.A., C.J.R. y R.C.. Asimismo, dispóngase el impedimento de salida del país de los mencionados”.

2) Que la presente causa se inició el 9/3/2018 a raíz de una inspección realizada por la Administración Federal de Ingresos Públicos a la empresa Peterser S.R.L. -cuya actividad principal es el alquiler de maquinarias- mediante la cual se determinó la existencia de una deuda correspondiente al Impuesto al Valor Agregado de los periodos fiscales de 01/2016 a 12/2016, originando una diferencia de saldo a ingresar por ese impuesto de $ 6.711.547,26.

Fecha de firma: 30/10/2019 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 1 #31535986#248356796#20191030111213015 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II Que para ello, el organismo recaudador impugnó créditos fiscales derivados de: a) la utilización de facturas de sujetos incluidos en la base A-poc de ese organismo; b) utilización de facturas mellizas; c) obtención de servicios, cuyos créditos fiscales no encuadran en lo establecido por el art. 12 de la ley de Impuesto al Valor Agregado (hotelería, restaurantes, etc.); d)

operaciones incluidas en los registros de IVA Compras, cuyos titulares desconocieron haber operado con la firma Peterser en el año 2016 (cfr. fs. 2/5, 10/11, 28/45).

3) Seguidamente, solicitó el embargo preventivo de los fondos y valores de la firma como así también sobre los bienes muebles identificados con Dominio LSH897, OHR781, GJG613, LDN241, FKR230, FSQ277, DAL318, HWO821, HWO822 y DSI984, lo que fue ordenado por el Juez Federal de Tartagal hasta cubrir la suma de $6.711.547,26 con más la suma de $1.006.732,09 estimado provisoriamente para responder a intereses y costas (cfr. resolución dictada el 27/3/2018 en el marco de la causa Nº

4972/2018 “Afip contra Peterser SRL s/ embargo preventivo” que corre por cuerda y cuyas copias de encuentran agregadas en autos a fs. 13/14).

4) Con posterioridad, el representante legal de la AFIP presentó informe en los términos del art. 18 Ley 27.430 y formuló denuncia en contra de los socios gerentes de la empresa durante el periodo investigado:

A.O.A., C.J.R., R.C. y J.P.A. por la presunta comisión de delitos previstos en el art. 1 y 2, inc. d) de la ley 24.796 y requirió se los cite a prestar declaración indagatoria (cfr. fs.

87/100).

Fecha de firma: 30/10/2019 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 2 #31535986#248356796#20191030111213015 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II 5) Que en base a dicho informe, el juez instructor dispuso la inhibición general de bienes, el bloqueo preventivo de las cuentas bancarias de la firma Peterser S.R.L. y sus socios gerentes (los aquí apelantes) y el impedimento de salida del país, decreto que fue objeto de...

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