Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 30 de Mayo de 2017, expediente FLP 033010051/2009/CA002

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 33010051/2009/CA2 La Plata, 30 de mayo de 2017.

VISTO: Este expediente N° FLP 33010051/2009/CA2 (Reg. Int. 7385), caratulado: “M., M. Á. y otro S/Uso de Documento Falso”, procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3 de La Plata.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

I.V. estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto, a fs. 421/423 por la Sra. Defensora Oficial M.I.S., contra la resolución de fs. 416/419, que decretó el procesamiento -sin prisión preventiva- de J.A.G., por el delito previsto en el art. 296 en función del art. 292 segunda parte del C.P. (Ver fs. 282/285).

  1. Cabe señalar que en fecha 24 de septiembre de 2013, el entonces magistrado de primera instancia M.H.B. resolvió sobreseer a M. Á. M. y a J.A.G. por los delitos por los cuales fueron indagados.

    Esta resolución motivó la interposición de un recurso de apelación por parte del Sr. Fiscal G.H.F., quien afirmó que J.A.G.

    fue partícipe necesario (adquirió los tres formularios) en la falsedad y uso de documentos públicos

    , y consideró prematuro el sobreseimiento postulando la necesidad de ahondar en la participación ante el hecho de haber comprado los tres formularios utilizados para la venta de un vehículo a M.A.M.

    (ver fs. 288).

    Este recurso motivó la primera intervención de esta Alzada, en la que emití voto en primer término considerando -en minoría- que correspondía confirmar la resolución apelada y por tanto sostener el sobreseimiento de J.A.G. respecto del delito por el cual fuera indagado.

    Fecha de firma: 30/05/2017 Alta en sistema: 12/06/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #11697859#180032265#20170601115507340 En dicha oportunidad, señalé que le asistía razón a la Sra. Defensora en cuanto a que J.A.G.

    había sido indagado por un solo hecho, consistente en la adulteración del formulario 08 Nº (conforme surgía de la declaración indagatoria obrante a fs. 199/206), y que los hechos que el Sr. Fiscal pretendía acreditar a través de la producción de supuestas medidas pendientes, eran hechos distintos al hecho por el cual el Sr. G. había sido indagado y respecto del cual fue sobreseído.

    Por su parte mis colegas S. y C. consideraron que correspondía revocar el sobreseimiento y dictar la falta de mérito, solicitando al juez de primera instancia la realización -entre otras- de las siguientes medidas:

    1. Pericia caligráfica de las firmas indubitadas de J.A.G., con las grafía y firmas obrantes a fs. 136 (comprobante de compra de formularios), formularios 02 nro y 12 nro. .

    2. Informe a la planta verificadora de la Policía Federal respecto de la autenticidad de sellos y firma del formulario 12 nro. 23229762.

    3. Informe a la Dirección Nacional de Registros Automotores, respecto de la autenticidad o no de las firmas del Encargado M.R.R. en el Formulario 02 nro. 18703173.

    En dicha oportunidad mi colega el J.S. (con la adhesión de la Jueza Calitri)

    afirmaron:

  2. Surge explícitamente de las copias del Registro Nacional Automotor Nº 10 de La Plata, obrante a fs. 136, que J.A.G. , con domicilio y...

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