Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 13 de Julio de 2018, expediente FLP 054006622/2012/CA001

Fecha de Resolución13 de Julio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 54006622/2012/CA1 Plata, 13 de julio de 2018.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el Nº FLP 54006622/2012/CA1 (8021/I), caratulada “M.M.L. sobre defraudación contra la administración pública”, procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2 de Lomas de Zamora; CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fojas 299/303, en tanto decreta el procesamiento sin prisión preventiva de M.L.M. por considerarla responsable del delito de fraude contra la administración pública respecto de dos hechos consumados y un tercero en grado de tentativa, todos ellos en concurso real entre sí (art. 174, inc. 5, del Código Penal, en función del artículo 55 de dicho cuerpo normativo). Dicha impugnación fue deducida a fojas 306/309 e informada a fojas 319/321 por el doctor C.G.L.. A su turno, el señor F. General ante la Cámara, doctor J.A.P., manifestó a fojas 317 que no adhiere al recurso presentado.

II- A través de los agravios esgrimidos, la defensa critica la decisión adoptada por considerar que los elementos incorporados a la causa no logran probar con un grado de certeza suficiente que su pupila haya ejecutado las maniobras ilícitas que se le atribuyen. En este sentido, afirma que no ha sido rebatido que su defendida fuera la concubina de L.J. , hermano de la denunciante, de quien luego de su fallecimiento obtuvo la pensión. A su vez, tacha de arbitrario el auto de procesamiento, fundando su postura en que las valoraciones realizadas por el juez de grado sobre la prueba resultan contradictorias.

Finalmente, al momento de informar el recurso en esta Sala, el letrado se remite a los fundamentos expuestos en la apelación.

III- Previo al tratamiento de los agravios, resulta conveniente mencionar que se atribuye a M.L.M. dos hechos Fecha de firma: 13/07/2018 Alta en sistema: 20/07/2018 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA #27860461#207976156#20180718104851773 consumados de fraude en perjuicio de la Administración Pública y uno en grado de tentativa, fingiendo para ello ser la concubina de L. J.

hasta el día de su fallecimiento. Puntualmente, se le enrostra haber percibido indebidamente la suma de pesos ciento veintidós mil quinientos cuarenta y cuatro con dos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR