Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 11 de Septiembre de 2017, expediente FSA 016694/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 16694/2016/CA1 ta, 12 de septiembre de 2017.-

AUTOS Y VISTA:

Esta causa N° FSA 16.694/2016/CA1, caratulada “HUANCA, DIEGO ORLANDO S/INF. LEY 22.415”, proveniente del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, y RESULTANDO:

1) Que vienen estas actuaciones al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 133/4 por la defensa particular de D.O.H. y de H.B., en contra de la resolución obrante a fs. 190/7, que dispuso sus procesamientos sin prisión preventiva por considerárselos prima facie autores penalmente responsables del delito de contrabando de importación de mercaderías (art. 864 inc. "a” de la ley 22.415).

2) Que la presente causa se inició el 2 de noviembre del año 2.016, con motivo de una denuncia telefónica anónima recibida en el Escuadrón 61 “Salvador Mazza” de Gendarmería Nacional, alertando sobre el ingreso de una maquina agrícola a la República Argentina, por el sector denominado “Picada 12”, situado en el camino vecinal de la Curva de Anta del Departamento San José de San Martín, Provincia de Salta.

A raíz de ello, el personal preventor se constituyó en el lugar señalado a los fines de verificar el extremo denunciado, logrando observar un vehículo tipo tractor marca CASE, modelo MXM 1810 de color rojo, remolcando una cosechadora marca AMADAS, modelo 2109 de color azul, el cual Fecha de firma: 12/09/2017 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 1 #29064466#188060505#20170912141851845 era conducido por H.B., acompañado por D.O.H., quienes al serles solicitada la documentación que acreditara el legal transporte de la maquinaria agrícola, respondieron no poseerla.

Acto seguido se inspeccionaron los vehículos, constatándose que en la cosechadora se encontraban depositados restos de maní con cascara, lo que motivó, atento a que en las fincas del lugar no se hallan plantaciones de ese cultivo, a que se efectuara un seguimiento de los rastros dejados por los mismos, pudiéndose constatar que las huellas sobrepasaban un alambrado -con alambres cortados y vueltos a unir- que demarcaba el límite fronterizo con Bolivia (ver acta de procedimiento de fs. 1/2).

A partir de allí, se realizaron las comunicaciones telefónicas de rigor con el F. y el Juez de la causa, quien ordenó la detención de los nombrados, y el secuestro de los rodados en cuestión.

3) Que a fs. 34/35 y 110 se le recibió

declaración indagatoria a H.B., oportunidad en la que manifestó que el día del procedimiento lo llamó J., el cual cree que es de apellido M., para que vaya a la “finca J.” a retirar un tractor y que lo espere en la “Curva de J.”, donde le iba a indicar qué debía hacer.

Comentó que cuando se encontraban en el lugar convenido, fueron detenidos por Personal de Gendarmería Nacional, quienes les requirieron los papeles de las maquinas que conducían.

Fecha de firma: 12/09/2017 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 2 #29064466#188060505#20170912141851845 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 16694/2016/CA1 Aclaró que la finca de referencia colinda con las fincas Chilenos y Del Santo y que por allí hay muchos campos vecinales por donde circulan vehículos.

Agregó, luego de que se le exhibiera la fotografía Nº 9 de fs. 26 -que muestra el alambrado que demarca el límite fronterizo-, que no pasaron por la cerca que aparece en la imagen, pero que el portón que figura en la fotografía Nº 3, es por el que se ingresa a la finca desde donde retiró el tractor.

3.1) Por su parte, D.O.H. declaró a fs. 31/33 y 109 que es jornalero y que el día del procedimiento H.B., de profesión maquinista y tractorista, le pidió que lo acompañe a trabajar al campo, por lo que se trasladaron en una camioneta hasta una finca a la que se accede por la ruta que conduce a la localidad de Santa Victoria.

Añadió que cuando llegaron al lugar mencionado, retiraron el tractor y lo llevaron hasta la “Curva de J.”, donde debían esperar al empleador -J.M.- para ir a otra finca, agregando que en ese momento llegaron los G. y les solicitaron que exhibieran la documentación de los rodados, ante lo cual B. le respondió que sólo le entregaron la llave del tractor. Añadió que no venían de Bolivia, sino que sacaron las máquinas de la finca y que no conocía a los dueños ya que la arriendan varias personas, como así también los...

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