Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA PENAL, 22 de Diciembre de 2017, expediente FCB 042000479/2010/CA001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B FCB 42000479/2010/CA1 doba, 22 de diciembre de 2017.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “G.P., J.C. y otros s/ hurto agravado fuerzas de seguridad art.

163 bis” Expte. FCB 42000479/2010/CA1, venidos a conocimiento de la Sala B del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de J.C.G.P., F.G.B., W.R.P. y E.M.B. en contra de la resolución dictada con fecha 10.08.2017 por el Juzgado Federal de B.V., en cuanto dispuso: “RESUELVO:

I.-

Ordenar el procesamiento, sin prisión preventiva, de J.C.G.P. de condiciones personales relacionadas supra, por la supuesta comisión en calidad de autor (art. 45 del C.P.) del delito de “abuso de autoridad” tipificado en el art. 248 del Código Penal, y por la supuesta comisión de los delitos de “violación de domicilio” y “hurto agravado” tipificados en los arts. 151 y 162 en función del art. 163 bis del Código Penal, ello conforme art. 45 última parte del C.P., tres (3) hechos en concurso real (art. 55 del Código Penal).

  1. Ordenar el procesamiento, sin prisión preventiva, de F.G.B. de condiciones personales relacionadas supra, por la supuesta comisión en calidad de autor (art. 45 del C.P.) de los delitos tipificados en los arts. 151 y 162 en función del 163 bis del Código Penal, esto es el delito de “violación de domicilio” en concurso real (art. 55 del C.P.) con el delito de “hurto agravado”.

  2. Ordenar el procesamiento, sin prisión preventiva, de W.R.P. y E.M.B. de condiciones personales relacionadas supra, por la supuesta comisión en calidad de autores (art. 45 del C.P.) de los delitos Fecha de firma: 22/12/2017 tipificados en los arts. arts. 277 ap. 1º) inc. d) y ap.

    Alta en sistema: 29/12/2017 Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: L.N., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO, Secretaria de Cámara #24761814#196347158#20171222115924640 3º) inc. d) y 249 del Código penal, esto es el delito de “encubrimiento” en concurso ideal (art. 54 del C.P.) con el delitos de “violación de los deberes de funcionario público”.

  3. Mandar trabar embargo sobre propiedades de J.C.G.P. hasta cubrir la suma de pesos ocho mil ($8.000), E.M.B. y W.R.P. hasta cubrir la suma de pesos tres mil ($3.000)

    cada uno, y F.G.B. hasta cubrir la suma de pesos cinco mil ($ 5.000), debiéndose anotar su inhibición general si no tuvieren bienes o si los que poseyeren fueren insuficientes (...

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