Sentencia de Sala B, 29 de Mayo de 2015, expediente CPE 001399/2014/CA001
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2015 |
Emisor | Sala B |
Poder Judicial de la Nación CPE 1399/2014/CA1 “GELIMAN S.A.; T.A.H. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.144”. J.N.P.E. N° 5. SEC. N° 9 (CAUSA CPE 1399/2014/CA1. ORDEN N° 26.330. SALA “B”).
Buenos Aires, de mayo de 2015.
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto a fs. 21/21 vta. del presente expediente por la apoderada del Banco Central de la República Argentina contra el párrafo 5° del decreto de fs. 20 de este expediente, por el cual el señor juez a cargo del juzgado de la instancia anterior no hizo lugar a la solicitud de embargo solicitada por aquella parte contra los bienes de GELIMAN S.A. y de A.H.T..
El escrito de fs. 23/25, por el cual la apoderada del Banco Central de la República Argentina fundó el recurso interpuesto.
La presentación de fs. 36/37, por la cual la defensa de GELIMAN S.A. y de A.H.T. contestó el traslado conferido a fs. 30.
Y CONSIDERANDO:
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) Que, el presente expediente se inició por la presentación efectuada por la apoderada del Banco Central de la República Argentina por la cual se promovió la ejecución de la multa impuesta a GELIMAN S.A. y a A.H.T.. Los nombrados fueron condenados por el señor juez a cargo del juzgado de la instancia anterior por las infracciones establecidas por la ley 19.359 y este Tribunal, por el pronunciamiento del Reg. N° 303/13, confirmó
aquella sentencia, modificando el monto de la multa impuesta, el cual fue establecida en la suma en pesos argentinos equivalente a trescientos mil dólares estadounidenses (u$s 300.000).
Por aquella presentación, y en virtud de lo establecido por los art 499 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, se solicitó al señor juez “a quo” que se libre un oficio a fin que el Banco Central de la República Argentina “…emita la Comunicación de estilo, a circularizar entre todas las entidades que componen el sistema financiero nacional, a fin de que informen a V.S.…si los ejecutados tienen depositados fondos bajo Fecha de firma: 29/05/2015 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.P.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.D., PROSECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CPE 1399/2014/CA1 cualquier modalidad operativa, y en su caso procedan a embargar los mismos, hasta cubrir el monto de la multa con más los acrecidos estimados provisionalmente…”.
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) Que, por el párrafo 5° del decreto de fs. 20 de este expediente, el señor juez que entonces estaba a cargo del juzgado de la instancia anterior...
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