Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 24 de Mayo de 2022, expediente FSM 010113/2022/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

FSM 10113/2022/CA1, C.: “IMPUTADO:

ESCOBAR, H.R. s/ATENTADO CONTRA LA

AUTORIDAD y DAÑOS”, del Juzgado Federal N° 2 de Morón, Secretaria Nº 5

Registro de Cámara:13.263

S.M., 24 de mayo de 2022.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.L. a conocimiento de esta Alzada las presentes actuaciones, a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de H.R.E., contra el auto que decretó su procesamiento por considerarlo, prima facie, autor penalmente responsable del delito de daño en concurso real con atentado agravado por haber puesto manos en la autoridad,

(artículos 183 y 238 inciso 4to. en función del art. 237 del Código Penal) y mandó trabar embargo por la suma de dos millones de pesos($ 2.000.000.).

  1. Puesto a resolver sobre lo que ha sido motivo de agravio, se estima que las constancias probatorias incorporadas al sumario, sustentan adecuadamente la decisión cuestionada,

    con los límites de convicción propios de este segmento del proceso, sin perjuicio de la calificación que en definitiva corresponda y de su relación concursal.

    En tal sentido, cabe computar la reseña plasmada en el acta inicial respecto del hecho acaecido, realizada por la Jefatura del Complejo Penitenciario II de M.P., las contestes declaraciones prestadas, tanto en sede penitenciaria como judicial, por los agentes P.C. y M.Z. que intervinieron en el hecho, así como también los informes Fecha de firma: 24/05/2022

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: Y.R.G., PROSECRETARIO DE CAMARA

    que dan cuenta de los daños ocurridos en la División Visita de la Unidad Residencial II, las fotografías de los objetos dañados y los presupuestos obtenidos para su reposición, cuya valuación total asciende a la suma de $2170.

    En efecto, las actuaciones dan cuenta que el 7 de marzo de 2022, siendo aproximadamente las 10:00 hs., el interno H.R.E., luego de que los ayudantes de 4ta. P.C. y M.Z. le informaran acerca de los requisitos estipulados para el régimen de visita excepcional por trabajo, comenzó a gritar, realizando todo tipo de ademanes y gesticulaciones, invitando al personal a pelear.

    En virtud de ello, se solicitó al encartado que depusiera su actitud hostil; sin embargo, hizo caso omiso a la orden legalmente impartida y arrojó de manera violenta al piso,

    el mouse y el teclado que...

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