Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 19 de Febrero de 2015, expediente FLP 072000541/2011/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2015
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 72000541/2011/CA1 C. 7449/III La Plata, 19 de febrero de 2015.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente N° FLP 72000541/2011/CA1 caratulado “DU PONT ARGENTINA S.A. s/ infracción ley 24.051”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes, Secretaría N° 2; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La decisión recurrida y los agravios.

Llega la causa a esta Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs. 479/484 por la defensa de la empresa DU PONT ARGENTINA S.A. contra la resolución de fs. 468/477, por la que el señor juez a cargo del Juzgado Federal de Quilmes declaró su competencia para investigar en las presentes actuaciones y requirió del titular del Juzgado de Garantías N° 4 de dicha localidad, descentralizado de Berazategui, que se inhiba de seguir entendiendo en la IPP 13-01-10081-10.

El recurrente, en síntesis, cuestiona la decisión sobre la base de que no se encuentra acreditada con un grado de convicción suficiente la afectación ambiental interjurisdiccional, como requisito determinante para la habilitación de la competencia federal.

Antecedentes

M.Á.Á. –querellante en autos-

denunció a la empresa DU PONT ARGENTINA S.A. y a sus directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia y administradores por la comisión del delito de “contaminación de modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general (…) y que se ha extendido a las aguas bajo la superficie y los acuíferos, lo que constituye además en concurso ideal daño, Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: C.A.N. Firmado por: C.A.V. Firmado por: ANTONIO PACILIO Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL comisión de delitos contra la seguridad pública y estrago y en concurso real el delito de asociación ilícita” (fs. 1/51 y vta.).

Impulsada la instrucción, la Autoridad del Agua bonaerense informó que de acuerdo al contexto geomorfológico de la zona, el predio de la empresa se localiza en la cuenca del A.J., que con el transcurso del tiempo sufrió

modificaciones de tipo antrópico y vinculadas con la ejecución de obras públicas (fs. 84).

De acuerdo a las constancias allegadas por la Secretaría de Política Ambiental, el 27/04/10 se realizó una inspección sobre el predio y se constató que allí se encontraban instaladas tres empresas –DU PONT ARGENTINA, KORDSA ARGENTINA S.A. e INVISTA ARGENTINA S.R.L.-, “existiendo un único vuelco hacia un Pozo de...

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