Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 4 de Noviembre de 2022, expediente FPO 007975/2022/CA001
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE POSADAS |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS
FPO 7975/2022/CA1
Posadas, 04 de noviembre de 2022.
Y VISTOS: El presente expediente, registro “N° FPO
7975/2022/CA1”, en autos: “CNL. C.T., Carlos
Humberto s/Privación Ilegal Libertad Agravada (art. 142 inc.
1) y Privación Ilegal Libertad Personal.”.
CONSIDERANDO: 1) Que, arriban las presentes
actuaciones al conocimiento y decisión de este Tribunal con
motivo de la comunicación dispuesta por la Sra. Jueza de la
instancia que antecede respecto de la prórroga de la prisión
preventiva del procesado C.H.C.T., por el término
de SEIS (6) MESES, en virtud de los hechos por los cuales ha sido
procesado con prisión preventiva a fs. 3264/3287 (por 23 hechos) y
a fs. 3988/4003 (por 03 hechos) ambos del expediente principal.
Cumpliendo la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto
domiciliario.
2) Que, la Jueza, fundó su pronunciamiento en que
habiéndose elevado parcialmente la presente causa por los
imputados J.S.N., P.R.M. y José A.
Proeza, con excepción de C.H.C.T.,
quedando pendiente la determinación del estado de salud mental
del mismo, atento al informe efectuado por el Cuerpo Médico
Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la que se
expresa como conclusión: “ 1 El SR CAGGIANO TEDESCO
HUMBERTO presenta episodio D.M. en curso con
debilitamiento del psiquismo asociado a la condición anímica, a la
Fecha de firma: 04/11/2022
Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.M.P. DE LEON, SECRETARIO DE CAMARA
edad y a la patología cardiovascular. 2 Específicamente con
respecto a lo interrogado en el requerimiento del Lex 100: “si
puede comprender los hechos que se le imputan”, la respuesta es
que comprende que se le imputan en términos generales delitos de
lesa humanidad”.
También sostuvo que, como se advirtiera en similar prórroga
que antecede, en el marco de las actuaciones se investigan
violaciones a derechos humanos acaecidos en el período
comprendido entre los años 1976/1983, investigación que resulta
ser compleja, siguiéndose en este último tramo una línea
investigativa entre C.C.T. (quien ostentaba el
cargo de Jefe de Área 232 en el Ejército Argentino) y la relación
existente con autoridades y agentes de otras fuerzas de seguridad,
como la Gendarmería Nacional.
Aunado a ello, la Jueza resaltó que si bien la prisión
preventiva de C.T. se encuentra vencida conforme
Ley 24.390 modificada por ley 25.430, dicha medida cautelar se
encuentra morigerada por cuanto desde el año 2015 se encuentra
bajo prisión domiciliaria, circunstancia que se tiene por acreditada
dado el precario estado de salud, su edad (93 años de edad)
conforme surge del escrito presentado por la Defensora oficial y en
su legajo de salud – que corre por cuerda al presente – e informe
obrante a fs. 3535 posee: Cardiología: hipertensión arterial,
controlada con triple asociación farmacológica (valsartan –
Amlodipinahidroclorotiazida). H. ventricular izquierda.
Fecha de firma: 04/11/2022
Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.M.P. DE LEON, SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS
FPO 7975/2022/CA1
Esclerosis de raíz aórtica. E. vasos de cuello: placas
cálcicas en ambas carótidas internas a predominio derecho. Clínica
General: Eventración abdominal. No operado. Protección faja
ortopédica. L. lumbar (derecho). Neumonología: enfermedad
broncopulmonar obstructiva crónica. Oftalmología...
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