Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Septiembre de 2019, expediente FSA 029142/2018/CA001

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 29142/2018/CA1 Salta, 30 de septiembre de 2019.

Y VISTA:

Esta causa N° FSA 29142/2018/CA1 caratulada “C., G.A. s/ Lesiones Agravadas”

proveniente del Juzgado Federal de Salta N° 2, y RESULTANDO:

1) Que en contra del punto I de la resolución obrante a fs. 230/237 y vta. por el cual se dispuso reducir el monto fijado en concepto de embargo de $ 200.000 a la suma de $ 100.000 (conforme considerando 5), entre otras cuestiones, la defensa interpuso recurso de casación.

2) Que en su escrito de fs. 245/248 el impugnante sostiene que la resolución es arbitraria y le causa un gravamen irreparable al afectar el derecho a la propiedad de su asistido, violándose el principio de “doble conforme”.

Considera que el embargo dispuesto sobre los bienes de C. resulta desproporcionado teniendo en cuenta su situación socioeconómica porque trabaja en el Servicio Penitenciario Federal y con sus ingresos sólo puede mantener a su familia.

Señala que el auto de Cámara es equiparable a sentencia definitiva y, en consecuencia, recurrible en casación, por lo que formula reserva del caso federal.

3) Que corresponde aclarar que esta S., al confirmar parcialmente el auto de procesamiento, sin prisión Fecha de firma: 30/09/2019 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: M.I. CATALANO 1 Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #32628001#245698213#20190930100550411 preventiva, por el delito de lesiones graves, sobreseyó a C. por el delito de amenazas, reduciendo, en consecuencia, el monto del embargo ordenado de $ 200.000 a $ 100.000 (cfr. fs. 187/194 y vta.).

CONSIDERANDO:

1) Que el art. 457 del Código Procesal establece una limitación objetiva para la admisibilidad del recurso de casación al exigir que se trate de supuestos que revistan el carácter de sentencia definitiva o equiparable a ella por sus efectos, esto es “los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen las actuaciones o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.

En el caso, resulta palmario que el auto impugnado no integra el elenco de resoluciones susceptibles de ser recurridas en casación por cuanto “no pone término al proceso” sino que, por el contrario, impone proseguir con las actuaciones manteniendo viva la posibilidad de que surjan o se aporten nuevos elementos que pueden ser evaluados en la etapa de plenario y todavía en la instancia anterior (cfr. esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR