Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 17 de Abril de 2018, expediente FCT 002515/2014/CA001

Fecha de Resolución17 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 2515/2014/CA1

Corrientes, diecisiete de abril de 2018.

Visto: los autos caratulados “C., I. s/ Uso de

Documento Falso (art. 296 falsificación de documentos públicos)”, Expte FCT

2515/2014/CA1 del registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal

N° 1 de Corrientes.

Considerando:

Que ingresan estos obrados a la Alzada en virtud del recurso de Apelación

interpuesto por la defensa de I. S. Carreño A. a fs. 149/159,

contra la resolución obrante a fs. 145/157 vta., por medio de la cual el Juez de

anterior grado dictó el procesamiento del imputado por hallarlo prima facie

autor penalmente responsable, en orden al delito de uso de documento falso o

adulterado, destinado a acreditar la titularidad del dominio o habilitación para

circular de vehículos automotores (art. 296 en función del art. 292, 2da parte del

Código Penal). Al mismo tiempo, se declaró incompetente en relación al delito de

falsificación de datos identificatorios de chasis del vehículo marca Ford modelo

Escort XR 3 convertible, dominio colocado AOK 574, remitiendo las actuaciones

al Juzgado de Instrucción de Ituzaingó, Provincia de Corrientes.

Los hechos que dieron motivo al proceso se originaron en fecha 18 de

mayo del año 2014, en un procedimiento de rutina de control vehicular, en el

acceso a V., departamento de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, en

horas del mediodía, el conductor de un Ford Escort XR 3 convertible dominio

colocado AOK 574 a la postre identificado como Ismael Sebastián Carreño

Acosta, presentó a los efectivos de Gendarmería Nacional, una cédula de

identificación vehicular a nombre de la Sra. D., se advierte

que el conductor no se corresponde con el titular registral y que la cédula

presentaba deficiencias en las medidas de seguridad por lo cual la misma podría

resultar apócrifa. Se advirtió además una situación similar en las placas de

dominio colocadas, lo que motivó un control más profundo sobre el rodado, por lo

cual se procedió a solicitar información a la base de datos de las fuerzas y una

ampliación de antecedentes. En el mismo procedimiento, el conductor hizo

entrega de un acta de infracción labrada por la policía de la ciudad de La Paz,

provincia de Entre Ríos y una tarjeta de póliza de seguros de la empresa

Meridional Seguros

. Acto seguido se tomó contacto telefónico con el Juzgado

Federal N° 1, Secretaria Penal 6 y se procedió a la incautación del vehículo el

mismo quedó en el Depósito Judicial de la Ciudad de Ituzaingó, la cédula de

identificación del automotor (cédula verde), una tarjeta de póliza de seguros, más

Fecha de firma: 17/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #19727506#203839850#20180417083522898 un acta de infracción a la Ley Nacional de Tránsito...

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