Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 4 de Diciembre de 2018, expediente FLP 035828/2016

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 35828/2016/CA2 8995/III La Plata, 4 de diciembre de 2018.

VISTO: Este expediente FLP 35828/2016/CA2 “CARBONELL, L.A.–.S., H.Á. s/ falsificación documentos públicos”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes; Y CONSIDERANDO:

  1. El caso.

    Llega el expediente a esta Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs.

    191/203 por la defensa de L.A.C., y a fs. 204/212 por la defensa de H.Á.S., contra la decisión de fs.

    174/187 y vta. que dispuso sus procesamientos por considerarlos “prima facie” autores penalmente responsables de los delitos de: uso de documento público falso, agravado por estar destinado a acreditar la identidad de las personas, y falsedad ideológica de un documento público en grado de tentativa (art. 296 en función del art. 293 segundo párrafo y art. 42 del C.P.) para el caso de C., y el de falsificación ideológica de documento público, agravado por estar destinado a acreditar la identidad de las personas, en concurso ideal con el delito de falsificación de sellos oficiales (art. 288 inc. 1, art. 293 segundo párrafo, y art. 54 del C.P.) para el caso de S..

  2. La causa.

    1. Conforme surge del acta de fs. 1/2, se inició el 2 de noviembre de 2011, cuando el Subcomisario de la DDI de Quilmes, se traslada a la Subsecretaría de Transporte y Educación Vial de la Municipalidad de dicha localidad, al ser requerida la presencia policial por su titular E.O.D., tras haber constatado la Fecha de firma: 04/12/2018 Alta en sistema: 05/12/2018 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #28781867#222955734#20181204122839886 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 35828/2016/CA2 8995/III presentación de un “trámite irregular” en una solicitud de licencia de conducir.

    1.1. El acta refiere que el día 28 de octubre de 2011, la oficina de control y gestión advirtió que “en la página de cambios de domicilio de un D.N.

  3. presentaba una anormalidad con la fecha de expedición totalmente contradictoria a la fecha del cambio de domicilio” (sic). Por ese motivo se le solicitó al titular del DNI –L.A.C.- que acompañe el recibo de un servicio que se corresponda con el último domicilio asentado. El día 2 de noviembre, el nombrado adjuntó una factura de la empresa de telefonía Claro “notándose a la vista que resulta ser un servicio escaneado, por cuanto redoblaba la sospecha que estarían ante un ilícito (…)”. Ello así, porque previamente, personal de la dependencia municipal se había constituido en el Registro Civil de Quilmes, siendo informado que tanto la firma como los sellos estampados en el DNI, no correspondían a esa dependencia.

    En este contexto se requirió la presencia policial. El subcomisario A. identificó al presentante de la documentación y se comunicó con el Subdirector de la DDI “a quien puestole en conocimiento de los acontecimientos, me informe haberse comunicado con el S. de la U.F.I.

    y J. N°1 del Departamento Judicial de Quilmes, quien dispuso se incaute el D.N.

  4. como así

    también dicha facturación (…)”. Finalmente, y ante la presencia de Decima –que ofició como testigo de actuación- se dejó constancia de la incautación del DNI y de la notificación al imputado C. respecto de la formación de la respectiva IPP (fs.

    1/2).

    Fecha de firma: 04/12/2018 Alta en sistema: 05/12/2018 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #28781867#222955734#20181204122839886 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 35828/2016/CA2 8995/III 2. En la causa se agregó la declaración de Décima en su carácter de testigo y responsable del Centro de Emisión de Licencias de Conducir del municipio de Quilmes (fs. 3/5).

    2.1. Décima reeditó alguna de las circunstancias descriptas en el acta inicial y agregó que el día en que luego fuera requerida la presencia policial (02/11/2011) mantuvo una “entrevista” con el contribuyente C., que se encontraba acompañado por su madre. En esa oportunidad, explicó que “puestoles en conocimiento que habrían advertido una anomalía en el cambio de domicilio y ante las preguntas puntualmente realizadas del domicilio real, se sintió acorralado y le manifestó que confesaría la verdad” (el subrayado no es del original).

    A continuación, el funcionario relató lo dicho por C. -respecto de los pormenores de la negociación con quien le ofreció sus servicios para obtener la licencia de conducir en el municipio de Quilmes- y refirió el cómo, cuándo y por qué del contacto.

    En síntesis, le manifestó: “Que vía internet en la página de mercado libre, se contacta con una persona (…) HERNÁN” al abonado telefónico que indica la publicación dado que necesitaba sacar el registro de conducir en Capital Federal, en forma urgente. Que “H., por cuestiones de costos, le sugiere tramitarlo “sin ningún inconveniente” en Quilmes, a lo que accede y acuerdan el pago de $900.

    Refirió también, que entabló dicha comunicación el día miércoles 26 de octubre y coordinó un encuentro para el día siguiente –en C.P. y Av. Corrientes de la CABA-; en esa oportunidad le entregó la suma de $300, para Fecha de firma: 04/12/2018 Alta en sistema: 05/12/2018 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #28781867#222955734#20181204122839886 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 35828/2016/CA2 8995/III el inicio del trámite. Que el 28 de octubre se encontraron, y le dio su DNI ya que “le solucionaría el cambio de domicilio”. Luego canceló el saldo de lo acordado e inició el trámite. Cuando llegó el momento del pago en la dependencia municipal, “una empleada advierte una contradicción en las fechas del cambio de domicilio y la fecha de expedición de dicha documentación, por ello le exigen un servicio a su nombre (…)” –el destacado es propio- se retiró y se comunicó nuevamente con “H., quien le facilitó la factura de la empresa Claro a su nombre, con idéntico domicilio al anotado en el DNI, a cambio de $400.

    Ante esto, solicitó la presencia del personal policial, haciéndose presente -como...

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