Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 22 de Junio de 2018, expediente FTU 810167/2009

Fecha de Resolución22 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMAN 810167/2009 IMPUTADO: A.M., H.A. Y OTROS s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS En la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, República Argentina, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil dieciocho, siendo horas 12:45, tiene lugar la audiencia para efectuar la lectura íntegra de la sentencia dictada el día tres del corriente mes y año, por los Señores Jueces de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, D.. M.A.N., P., C.E.I.J.M. y J.C.R., Jueces de Cámara y siendo imputados: P.J.T., DNI N° 16932654, argentino, terciario completo, de ocupación comerciante, nacido el 27/07/64 en esta ciudad, hijo de J.T. (f) y de Rosario Vilecco, domiciliado en calle C.Á. n° 3.460 de esta ciudad, Pcia. de tucumán, Rep. Argentina; H.A.A.M., DNI N° 10982668, argentino, abogado, nacido en San Miguel de Tucumán el 13/04/54, hijo de A. (f) y de D.V.D. (f) domiciliado en calle Bulnes N°

343, primer piso, D.. C, S.M. de Tucumán, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; H.J.T., DNI N°

12413212, argentino, ex prosecretario del Poder Judicial de la provincia de Tucumán, nacido el 28/05/58, hijo de E.R.T. (f) y de R.G., domiciliado en Pje. J. de A. n° 444 de esta ciudad; Pcia. de Fecha de firma: 22/06/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE C.S. #7074295#208637605#20180622123446075 Tucumán, Rep. Argentina; A.A.M., DNI N°

16540463, argentino, empleado del Poder Judicial de la provincia de Tucumán, nacido en San Miguel de Tucumán el 10/05/63, hijo de C.S.M. y de E.M. (f), domiciliado en calle Salta 155, de la ciudad de Yerba Buena, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; H.G.L., DNI N° 8091069, argentino, universitario incompleto, ex prosecretario del Poder Judicial de la provincia de Tucumán, hijo de Gerónimo (f) y de A.D.T., domiciliado en Bulnes n° 157 de esta ciudad, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; V.H.B., DNI 17239145, argentino, ex policía federal, nacido el 10/05/65, hijo de R.O.(.f) y de J.A.S., domiciliado B.P., mza C, casa 20, Lules; P.. de Tucumán, Rep. Argentina, L.A.R., DNI N°

22384798, argentino, ex oficial Ayudante de la Brigada de Investigaciones, Sección Seguridad Personal de la Policía de Tucumán, nacido el 10/02/72 en la localidad de Bella Vista, D.. L., provincia de Tucumán, hijo de J.A.R. y de C.A.R. (f), domiciliado en calle G.L.N.° 93 de la ciudad de Simoca, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; ÁNGEL R.A., DNI N° 20262686, argentino, ex empleado policial, nacido el 12/01/69 en la ciudad de La Cocha, provincia de Tucumán, hijo de Á.G. y de P.L.C. y domiciliado en calle N° 29, manzana C, casa N° 20, Barrio Lomas Hermosas, Las Talitas, Departamento Tafí Viejo, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; EDUARDO JOSÉ DEL MILAGRO VALVIDIESO, DNI N° 14410323, argentino, ex funcionario Policial, nacido el 05/11/61 en San Miguel de Tucumán, hijo de E.E. y de M.F. de firma: 22/06/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE C.S. #7074295#208637605#20180622123446075 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMAN S.d.V.S., domiciliado en General Paz N° 110, San Miguel de Tucumá, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; S.E.A., DNI N° 18634886, argentina, universitario incompleto, de ocupación peluquera, nacida el 01/02/67 en esta ciudad, hija de V.F.A. y de M.E.B., domiciliada en calle C.A. n° 3.460 de esta ciudad, Pcia. de Tucumán, Rep.

Argentina; F.J.A., DNI N° 231163505, argentino, de ocupación canillita, nacido el 28/11/72 en esta ciudad, hijo de V.F.A. y de M.E.B., y domiciliado en Avda. Sarmiento s/n, S.P. de Colalao, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina; A.L.G., DNI° 14660106, argentina, comerciante, nacida el 24/10/61 en San Miguel de Tucumán, hija de José

Luis y de E.d.V.D., domiciliada en avenida Mate de Luna N° 4.626, San Miguel de Tucumán, Pcia. de Tucumán, Rep. Argentina y FERNANDO EDUARDO ESCOBAR, DNI N° 16856067, argentino, comerciante, nacido en la ciudad de Córdoba el 26/10/64, hijo de S.A.E. y de P.N.C., domiciliado en Da Silva Nº 551, B.V. , Unión, Provincia de Córdoba, Rep. Argentina. Actuando como representantes del Ministerio Público Fiscal, el Sr. Fiscal General S., DR. PABLO CAMUÑA y el Sr. Fiscal Adjunto, DR. L.P.P.; por la defensa técnica de los imputados T., S.A., G. y B., los representantes del Ministerio Público de la Defensa, los Dres. A.B. y V.L., por la defensa de Tarifa, L., V., A. y R., las Sras Defensoras Públicas Coadyuvantes, Dras. MARÍA CAROLINA Fecha de firma: 22/06/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE C.S. #7074295#208637605#20180622123446075 CUENYA y M.P.T., por la defensa de M., el DR. AGUSTÍN GUERINEAU, por la Defensa de M. los Dres.

A.R.A. y MARÍA FERNANDA BATTIG, por la defensa de E., el Dr. J.L.A., por la defensa de J.A., los DRES. S.F. DE MORFIL Y G.D.L.. Presidió la audiencia la Dra.

M.A.N..

Que el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 1862/1866; en lo que aquí interesa relata respecto de H.G.L. se le imputa “(…) el hecho de haber incumplido con las funciones inherentes a su cargo de prosecretario de la Fiscalía de Instrucción de la 10ª.

Nominación de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán, al expedir una constancia judicial a favor de F.G.Z., sin que el titular de la Fiscalía haya ordenado la expedición de la misma. Asimismo el haber insertado en este documento público datos falsos que dicho documento debía de probar causando perjuicio.

IV.-a): “HECHOS y ACTOS CUMPLIDOS EN LA INSTRUCCIÓN: En el procedimiento efectuado por Gendarmería Nacional el día 13/06/03, en el que se procediera al secuestro del vehículo Ford Ranger dominio colocado DQM-

589, F.Z. exhibió como documentación del mismo, entre otras, una constancia judical de fecha 1/10/2002, correspondiente a la Fiscalía de Instrucción de la Xa. Nominación firmada por su prosecretario H.G.L. por la cual se lo autorizaba a conducir dicho rodado, mencionándose en la misma certificación que la Srta. C.A.R. resultaba ser la depositaria judicial de dicho vehículo.-

Fecha de firma: 22/06/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE C.S. #7074295#208637605#20180622123446075 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMAN Conforme el informe obrante a fojas 5070 y constancias de fojas 5036/5082, dicha autorización o certificación judicial, fue librada sin que en la causa caratulada: “Z.F.G. s/ su presentación “existiera una providencia o resolución por parte del titular de la fiscalía Dr. H.V., ordenando dicha autorización.-

Asimismo se constató que la causa judicial mencionada tuvo un trámite irregular ya que la misma registra ingreso en Mesa de Entrada de Tribunales recién el 2/7/2003, en oportunidad en que el Sr. Juez Federal a cargo de la presente invetigación solicitara la remisión de copias certificadas de los autos”.- (…)

IV.-c) CALIFICACION LEGAL.- Por todo lo expuesto, este Ministerio Público considera que H.G.L., resulta autor penalmente responsable del hecho ilícito previsto y penado por la norma de los arts.

248 y 293 del C. Penal, en concurso ideal (art. 54 del C.

Penal).- (…)

En el caso de autos, L., éste, en su carácter de prosecretario de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal de la Xa. Nominación, haciendo un despliegue arbitrario de su función y contrariando lo que legalmente es debido y obligatorio, libró un certificado sin que existiera un proveído que ordenara la expedición del mismo.-

A su vez, al hacer constar en dicho certificado que F.G.Z. se encontraba autorizado a circular con el vehículo y que este certificado se expedía Fecha de firma: 22/06/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE C.S. #7074295#208637605#20180622123446075 por mandato judicial, lo que no consta en los autos referidos, incurrió en el delito de falsificación ideológica de instrumento público al insertar en el mismo declaraciones falsas que dicho instrumento debía de probar.-

Al tratarse de un solo hecho que cae bajo más de una sanción penal, las figuras que se le incriminan concurren en forma ideal

.-

En cuanto a L.A.R., la misma pieza procesal en lo que aquí interesa, que se le imputa “(…) el haber incumplido con sus funciones de oficial ayudante de la Policía de Tucumán, al haber expedido el 28/09/02, una constancia por la cual se autorizaba a F.G.Z. a conducir el vehículo Ford Ranger Dominio DQM-589, insertando en las mismas declaraciones falsas concernientes a hechos que dicho instrumento debía probar”.-

Así, en el punto V a), precisa ”HECHOS y ACTOS CUMPLIDOS EN LA INSTRUCCIÓN En el procedimiento efectuado por Gendarmería Nacional el día 13/06/03, en el que se procediera al secuestro del vehículo F.R. dominio colocado DQM-589, F.Z. exhibió como documentación del mismo, entre otras, una constancia de fecha 28/09/2002, por la cual C.A.R., autorizaba a F.G.Z. a conducir el vehículo marca Ford Ranger Doble Cabina, dominio DQM589…

por todo el territorio argentino y realizar trámites judiciales, policiales y Municipales.-

Esta constancia se encuentraba suscrita por el Oficial Ayudante de la Policía de T.L.A.R. encontrándose también estampada en la misma un Fecha de firma: 22/06/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DR. J.E.D., SECRETARIO DE C.S. #7074295#208637605#20180622123446075 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMAN sello de la Policía de Tucumán- Dirección General de Investigaciones.-

En oportunidad de su declaración indagatoria (fs.

2031/2032), R. aceptó el hecho de haber confeccionado y firmado...

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