Por sus impuestos, provincias y municipios ponen en jaque a empresas y personas

Todos los niveles del Estado incrementan la presión del torniquete fiscal, ahogando a quienes producen y comercializan bienes y a quienes prestan servicios, tanto en el país o al exterior. Las provincias, desde antaño, aumentan con artilugios el distorsivo Ingresos Brutos. Es un impuesto que se exige sobre el precio de las operaciones, se acumula en cada etapa y su alícuota porcentual luce como si no hiciera daño, cuando la realidad es muy distinta.

Los porcentuales varían según la jurisdicción y la actividad realizadas. Por ejemplo, en la venta de productos médicos esenciales para la salud la alícuota es de entre 1,6% y 5%; en la logística, de entre 3% y 5%; en los servicios financieros la imposición comienza en 5,5% y, en el caso de La Pampa, se llega al astronómico nivel de 19,5%.

Los productos que se comercializan tienen una porción relevante de ese impuesto en su precio y a eso se suma que, al exportar, no resulta factible su devolución.

Las alícuotas aplicadas en las distintas actividades se incrementan exponencialmente por distintos parámetros irracionales e injustificados. Se fijan límites de facturación tope y, si son superados, se potencia el porcentual aplicable. Se disponen aumentos de esta carga fiscal por realizar las operaciones fuera de la jurisdicción donde se encuentra la empresa, lo cual implica fijar barreras jurisdiccionales en contra de la Constitución Nacional.

Las empresas están obligadas a actuar como agente de retención al abonar las compras hechas. Y también deben hacer percepciones en las facturas de ventas. Como parámetro, se usan los montos de ingresos de todo el país, e incluso alguna jurisdicción computa el IVA incluido en dicha cifra. Son medidas alejadas de la lógica.

Los agentes económicos están afectados por este impuesto y por las tareas administrativas, que resultan un exceso absoluto.

Los saldos a favor del contribuyente, producto de los pagos a cuenta y de las retenciones y percepciones sufridas son parte del capital de trabajo que se mantiene en poder del organismo fiscal. Solo se logra acceder a una devolución en algunas provincias, pero siempre sujeta a restricciones para intentar evitar devolver al contribuyente lo que le pertenece. La entrega de fondos se hace en el mejor de los casos cuando el crédito tiene seis meses de antigüedad y a su valor nominal. Un atropello al derecho de propiedad.

Ante dicha situación es vital solicitar la atenuación de los porcentuales aplicados en esos regímenes de...

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