Impuesto a las Ganancias: con la suba del salario mínimo, qué sueldos pagarán el tributo

El ingreso más bajo sujeto al impuesto es de un monto equivalente al salario mínimo multiplicado por 15

Por la aplicación de la ley 27.725, vigente desde este año, los asalariados y jubilados que pagan el "impuesto cedular sobre los mayores ingresos" (Ganancias, según la denominación que la da la nueva normativa) son los que tienen un salario mayor a un determinado monto que se fija en relación con el salario mínimo, vital y móvil (SMVM). Concretamente, quedan al margen del tributo quienes reciben una remuneración bruta de hasta el equivalente a ese valor de referencia multiplicado por 15. Y lo pagan, en consecuencia, quienes tienen un ingreso mensual superior.

Con el reajuste del monto del SMVM dispuesto por el Gobierno, ¿cambia el umbral para empezar a pagar? Este importe límite es actualmente de $2,34 millones mensuales (salario o haber bruto), ya que se calculó con un salario mínimo, vital y móvil de $156.000, que fue establecido el año pasado con vigencia para diciembre.

A poco más de dos meses de la llegada del nuevo gobierno, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció el martes último que se establecería una suba del salario mínimo. Y eso se oficializó ayer, miércoles, con la publicación de una resolución de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en el Boletín Oficial. La cifra quedó en $180.000 para el actual mes de febrero y subirá a $202.800 para marzo.

La decisión se tomó luego de que, días atrás, fracasaron las gestiones tendientes a lograr un acuerdo entre dirigentes sindicales y de empresas para fijar nuevos montos. Apenas conocida la falta de acuerdo entre las partes, el presidente Javier Milei dijo que no se impondrían nuevos valores desde el Estado, pero finalmente eso sí ocurrió, porque es lo que ordena la ley ante la falta de un consenso entre las partes que integran el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El esquema del impuesto a los ingresos de los trabajadores bajo relación de dependencia toma como referencia el valor del salario mínimo, vital y móvil

La decisión, sin embargo, no afectará las bases del tributo sobre los ingresos. Tanto el salario más bajo sujeto a la carga fiscal como los valores de la tabla de alícuotas usada para calcular el impuesto no tendrán modificaciones. Eso será así porque, según lo anunciado, el cambio en el salario mínimo será desde este mes y no habrá retroactividad. Y la ley impositiva aprobada en septiembre de 2023 determina...

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