Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 13 de Febrero de 2020, expediente COM 005296/2018/CA001

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

IMAGEN SATELITAL S.A. c/ VENADO VISION S.A. s/ORDINARIO

Expediente N° 5296/2018/CA1

Juzgado N° 30 Secretaría N° 59

Buenos Aires, 13 de febrero de 2020.

Y VISTOS:

  1. 1. Viene apelada por la demandada la resolución de fs.

    295/299, por medio de la cual el Sr. juez de primera instancia rechazó la excepción de incompetencia, el pedido de intervención de tercero, e impuso costas a esa parte.

    Asimismo, se agravió también del alcance con el que había sido admitida la defensa de litispendencia.

    1. De su lado, la actora impugnó ese decisorio en lo que hace al régimen de costas impuesto sobre su parte, con motivo del rechazo del planteo de incompetencia propuesto por ella en el marco de la contestación a la reconvención articulada por su contendiente.

  2. Los antecedentes recursivos se encuentran individualizados en la nota de elevación de fs. 328.

    A fs. 332/333 dictaminó la Sra. fiscal general.

  3. 1.a. Los antecedentes del caso han sido debidamente reseñados en el referido dictamen, al que cabe remitir en honor de brevedad.

    Por esas razones –que esta Sala comparte- corresponde confirmar la solución adoptada por el a quo, en lo que hace al rechazo de la excepción de incompetencia propuesta por la parte demandada.

    1. La admisibilidad del pedido de intervención obligada de terceros requiere que exista más que un mero interés del citante, desde que esta norma opera sobre el presupuesto de que la parte, en caso de ser vencida,

      Fecha de firma: 13/02/2020

      Alta en sistema: 14/02/2020

      Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO),

      Firmado(ante mi) por: R.F.B.S.S. c/ VENADO VISION S.A. s/ORDINARIO Expediente N°

      IMAGEN 5296/2018

      Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

      tenga la posibilidad de intentar una pretensión de regreso, o bien, cuando la relación o situación jurídica sobre la que versa el proceso guarda conexión con otra relación existente entre el tercero y cualquiera de los litigantes originarios,

      de manera tal que el tercero podría haber asumido inicialmente la posición del litisconsorte del actor o del demandado (esta Sala, 07/03/13, en “S.,

      N.O. c/Ahumada, O.A. s/ordinario”; 01/04/93, en "H.,

      A.c., J.; v. Palacio, Lino E.: “Manual de derecho procesal civil”, L.N.A.P., Bs. As., 2003, ps. 286/7).

      Bajo ese lineamiento, se ha señalado también que la intervención obligada constituye una medida excepcional que sólo debe decretarse cuando exista de por medio un interés jurídico que sea necesario proteger (Fassi -

      Yánez, Código Procesal Civil y Comercial, Comentado, Anotado y Concordado, ed. Astrea, Bs. As., 1988, T. I).

      En la especie, la demandada/reconviniente sostuvo que el sujeto que pretende traer a juicio sería...

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