Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 23 de Junio de 2016, expediente CAF 029622/2011

Fecha de Resolución23 de Junio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 29622/2011 IGNAZI ENZO ANTONIO -BLSG Buenos Aires, de junio de 2016.- MEE Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 2/4 se presentó el Sr. E.A.I. –por medio de apoderado– y solicitó la concesión del beneficio de litigar sin gastos, en los términos del artículo 78 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, alegando la falta de recursos para poder afrontar las costas del proceso iniciado en el marco de la causa caratulada “F.V. y otros c/ BCRA – Resol 196/11 (expte. nº 100.121/99 SUM FIN 977)” –expte. nº 6977/2012–, en la que tramitó el recurso directo previsto en el artículo 42 de la ley 21.526, interpuesto contra la Resolución nº 196, del 13 de junio de 2011, dictada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina, que dispuso poner fin a los sumarios financieros nº 929 –expte. nº 100.287/98– y nº 977 –expte. nº 100.121/99–, resolviendo, en cuanto aquí interesa, imponer una sanción de multa al señor I. por la suma de $

    1.764.000.- prevista en el artículo 41 de la ley 21.526.

    Para ello, ofreció prueba documental –fs. 13/36–, testimonial –fs. 11/12– e informativa –fs. 47 y fs. 60/62 (Anses), fs. 48 y fs. 56/58 (Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal), fs. 49 y fs. 64/65 (Registro Nacional de la Propiedad Automotor), fs. 52/53 (Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires)–.

  2. Que, efectuada la primera de las citaciones pertinentes (cfr. art. 80 del código citado y providencias de fs. 39 y 67) el Banco Central de la República Argentina, a fs. 74/77, solicitó la apertura a prueba de las presentes actuaciones. Ello, en el entendimiento de que la prueba ofrecida y acompañada por el Fecha de firma: 23/06/2016 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA #11244776#148875889#20160622124919041 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V peticionante del beneficio resultaba insuficiente para atender a lo allí

    requerido.

  3. Que a fs. 85 (17/4/2013) este Tribunal accedió a la producción de la prueba requerida y, en ese contexto, ordenó el libramiento de los oficios...

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