Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Septiembre de 2023, expediente CAF 023113/2023/CA001
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
23113/2023 IGLESIAS, A.M. c/ EN-AFIP-LEY
20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO J.. n° 2
Buenos Aires, 7 de septiembre de 2023.- AA
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que la señora M.A.I. promovió una demanda contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a fin de que se declare la inconstitucionalidad "de los artículos 23, inc. c); 79 inc. c); 81
y 90 de la ley 20.628 (texto leyes 27.346 y 27.430)" que justifican la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales.
Asimismo, solicitó el cese de los descuentos y el reintegro de los importes retenidos por ese concepto, más los intereses.
Requirió el dictado de una medida cautelar a fin de que se ordene la suspensión inmediata de las retenciones por dicho gravamen, con sustento en el precedente de Fallos: 342:411, “G., M.I..
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Que el juez de primera instancia rechazó la medida cautelar.
Para así decidir, sostuvo que:
(i) “[D]entro del limitado marco de conocimiento que admite el presente pronunciamiento cautelar, y ponderando a su vez razonablemente los derechos que estarían en juego, y lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “G., M.I. c/ AFIP s/
acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, sentencia del 26 de marzo del 2019, considero que con los elementos aportados a la causa tampoco puede tenerse a esta altura por suficientemente verificada la apariencia del buen derecho alegado".
(ii) La actora "no ha invocado ni mucho menos acreditado encontrarse afectado por alguna alteración en su salud o merma de sus capacidades vitales".
(iii) “[C]on la esencial provisionalidad de todo pronunciamiento cautelar, que excluye cualquier juicio de certeza [...] no resulta posible por Fecha de firma: 07/09/2023
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
el momento considerar acreditada la verosimilitud del derecho que invocan, al menos en la medida necesaria como para admitir la tutela pedida".
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Que contra ese pronunciamiento, la actora apeló y expresó los siguientes agravios que fueron contestados.
(i) "La cuestión debatida es sin dudas análoga a la que fue tratada y decidida por la Corte Suprema en 'García, María I.'”.
(ii) En los fallos “G.” y “Calderale” "la SCJN declaró la inconstitucionalidad de la retención del impuesto a las ganancias con independencia de la situación concreta de vulnerabilidad del jubilado incidido, confirmando lo resuelto por la anterior instancia".
(iii) “[L]a observación del 'grado suficiente' de peligro en la demora debe ser reconsiderada, ya que prácticamente el derecho está dictado por el máximo tribunal".
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Que relativamente a la incidencia de las modificaciones que la ley 27.617 introdujo al texto ordenado en 2019 de la ley del impuesto a las ganancias, corresponde remitir, por razones de brevedad, a las consideraciones y a los fundamentos expuestos por esta sala en la causa nº
10758/2020 “Incidente Nº 1 - Actor: S., L.E. y otros Demandado: EN - AFIP s/ inc. apelación”, pronunciamiento del 14 de septiembre de 2021.
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Que los agravios de la actora deben ser admitidos, pues...
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