Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Octubre de 2011, expediente Rl 115298

Presidentede Lazzari-Soria-Hitters-Genoud
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2011
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

L. 115.298"I., R.J. c/B., R.R. y Otro. Indemnización por Despido y Otros".

//Plata, 26 de Octubre de 2011.

AUTOS Y VISTO:

I. El Tribunal del Trabajo Nº 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca, con asiento en la ciudad de Tres Arroyos -en el marco de un juicio iniciado por R.J.I. contra R.R.B. y R.A.N. en concepto de indemnización por despido y otros rubros de naturaleza laboral- rechazóin limineel beneficio de litigar sin gastos solicitado por el actor (fs. 29/32), invocado para la eventualidad que no se demostrase su calidad de trabajador (fs. 13 y vta.).

Para así decidir, juzgó que el mencionado instituto es otorgado a los accionantes de un proceso laboral de pleno derecho y por la sola invocación de la existencia de un vínculo de tal naturaleza. Especificó que el peticionante automáticamente y por imperativo legal goza de la referida gracia, siéndole aplicable todos sus efectos sin necesidad de probanza alguna e independientemente de su condición de tal.

II. Frente a tal pronunciamiento, el legitimado activo dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 2/5 vta.), el que fue concedido (fs. 34 y vta.).

En su presentación, relata los antecedentes de la causa; alega absurdo y arbitrariedad y cita las normas que considera violadas.

III. Al respecto, cabe señalar que -conforme lo ha expresado esta Corte- por vía de principio, las decisiones que rechazan el mencionado beneficio de...

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