Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala I, 6 de Agosto de 2009, expediente 65.843

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2009
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 65.843 – S.I. –S.. 1

Bahía Blanca, 06 de agosto de 2009.

VISTO: Este expediente nro. 65.843, caratulado: “IBARGUREN

Griselda c/Medicus- Obra Social ASE y Servicio Nacional de Reha-

bilitación s/Amparo- Medida Cautelar s/ Incidente de Apelación Medida Cautelar”, venido del Juzgado Federal nro.2 de la sede,

puesto al acuerdo para resolver el recurso de apelación de la accionada contra la resolución que ordenó la innovativa de cobertura integral de las prestaciones conforme lo determinan los profesionales médicos, en virtud del cáncer de colon con metástasis en hígado,

mientras se sustancia el proceso.-

El sr. Juez de Cámara, Dr.Ricardo E.P., dijo:

  1. La actora interpuso acción de amparo ante la negativa –dice- injustificada de la demandada de suministrar la cobertura total USO OFICIAL

    de la terapia antiangiogénica con Bevacizumab (o “Avastin”) que le fuera indicada por los profesionales médicos que la atienden,

    invocando el derecho a la vida, a la salud y a la integridad solicitó una medida cautelar innovativa para la provisión de ella.-

  2. La enferma-amparista acredita incapacidad total y permanente, así como que se hemodializa.-

    De la historia clínica expuesta por el oncólogo Dr.Gustavo S. surge que se le provee el medicamento “Avastin” (a pesar de no proveerlo la obra social) con excelente tolerancia, sin síntomas de toxicidad, siendo evaluada su condición junto con la nefróloga que la atiende a la paciente Dra.Mirta B..-

    III.-La demandada apela sosteniendo como agravio que no está obligada y que el medicamento recetado se encuentra contraindicado en pacientes renales como la actora (fs.sub 71

    vta/72), que se busca la seguridad del beneficiario y que si se recetó

    también “FOLFOX”, la obra social no le otorgaría un medicamento que agrave la dolencia, que su negativa no es un mero capricho.-

  3. La actora contestó agravios exponiendo que padece una enfermedad grave y que por su grado de mortalidad al no aplicarse o interrumpirse un procedimiento oncológico es viable lo solicitado y concedido por cuestión temporal que impide la instancia administrativa. Que no es aceptable la postura de la apelante por la improcedencia del medicamento en pacientes renales, porque los riñones no son un órgano principal para el metabolismo o excreción del Avastin (Laboratorio Roche). Que igual aclaración hace sobre el aspecto hepático. Que a pesar de ello tiene una excelente evolución desde la aplicación del mismo. Que en...

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