Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 21 de Mayo de 2019, expediente FGR 061005311/2009/CA001

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “I., A.L. c/ Poder Ejecutivo Nacional – Ministerio de Justicia Seguridad y Derechos Humanos s/

suplementos fuerzas armadas y de seguridad”

(FGR 61005311/2009/CA1) Juzgado Federal de Zapala General Roca, 21 de mayo de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la ejecutada a fs.326/328vta. contra la sentencia de fs.321/324vta. que mandó llevar adelante la ejecución; Y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el art.26 del decreto-ley 1285/58, es facultad de las cámaras de apelaciones dictar sus resoluciones por voto de los magistrados que las integran, por lo que en esta ocasión cada uno de los miembros de este tribunal emitirá su opinión en la forma que sigue.

El doctor M.R.L. dijo:

  1. En lo que aquí interesa, la resolución apelada de fs.321/324vta., mandó llevar adelante la ejecución de la sentencia dictada en autos en contra del Estado Nacional – Gendarmería Nacional y rechazó el pedido de levantamiento del embargo solicitado por esa parte.

  2. Contra esa decisión la ejecutada interpuso el recurso de apelación de fs.326/328vta. en el que cuestionó

    la desestimación de la excepción de espera y, en consecuencia, se agravió de la orden de mandar a llevar adelante la ejecución y del rechazo de la solicitud de levantamiento de la medida precautoria.

    Sostuvo a tal efecto que el magistrado había interpretado erróneamente la doctrina sentada por la Corte Fecha de firma: 21/05/2019 Alta en sistema: 29/05/2019 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.B., Secretaria de cámara #15645919#233780570#20190522112225898 Suprema de Justicia de la Nación en “G.” y “La Austral CIA”, para dar inicio a la ejecución y fundamentación del embargo.

  3. En tren de dar respuesta al recurso en análisis, estimo conveniente reseñar las actuaciones que generan la intervención de este tribunal:

    - A fs.257 (17 de febrero de 2014) se aprobó la planilla de liquidación practicada por el perito contador a fs.242/252 por el capital ($211.756,48), que fue notificada a la ejecutada el 24 de febrero de 2014 (fs.258/vta.).

    - A fs.276/vta. (18 de mayo de 2015) se dio inicio al trámite de ejecución de sentencia, ordenando la traba de embargo y posterior citación de venta.

    - A fs.293/300 la ejecutada impugnó aquella planilla, presentó una nueva, manifestó que acompañaba la opción de diferimiento por el monto de ésta –lo que no fue cumplido- y que el crédito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR