Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 5 de Abril de 2017, expediente CIV 090692/2014/CA001

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K 90692/2014 IBAÑEZ, D.F. c/ UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, abril 5 de 2017. JR

V.- ----

AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Contra el pronunciamiento dictado a fs. 191/192, apela a fs. 204 el Estado Nacional - Ministerio del Interior y Transporte-, quien presenta su memorial a fs.

206/216, cuyo traslado fue contestado a fs. 218/220, habiéndose oído al Sr. Fiscal de Cámara a fs. 226/227.

Se queja el recurrente del fallo dictado por el juez de grado, quien rechazó la excepción de incompetencia articulada.

Corrido el traslado de ley la parte actora solicita se rechacen los agravios expresados.

Por su parte el Fiscal de Cámara, propicia se modifique lo resuelto.

Sabido es que a los efectos de dilucidar las cuestiones de competencia es necesario estar a la naturaleza de los hechos en que se sustenta la demanda pues ella determina la adjudicación en razón de la materia (conf. C.S. Fallos : 430:320; 134:401; 308:229; 310:1116; 311:172; 312:808; 313:971).

Es decir que corresponde, en principio, atenerse a la esencia jurídica del acto que es en sí constitutiva de la pretensión o si se quiere, al contenido de la relación sustancial con prescindencia del tipo de proceso elegido para formularla e incluso de la viabilidad de la solicitud propuesta (conf. P., “Tratado de la Competencia”, pág.

518).

En autos, la actora promueve demanda contra UGOFE SA y el Estado Nacional, por los daños y perjuicios que -alega- sufriera como consecuencia del accidente ferroviario que relata en el pto. 2 de fs. 26vta. /27.

A tal fin expone que el día 26 de diciembre de 2013, siendo aproximadamente las 13,40 hs., se encontraba viajando en una formación de la demandada, antes de su renovación, habiendo ascendido en la Estación Devoto con dirección a J.C.P.. Refiere que lo hacía en el centro del vagón y no en un escalón del mismo. Expone que abonó el boleto con su tarjeta Sube. Refiere también que reiniciando el tren la marcha en la Estación San Miguel, con las puertas abiertas, Fecha de firma: 05/04/2017 Firmado por: JUECES DE CAMARA, Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B.H., JUEZ DE CAMARA #24556038#175491431#20170404100449695 fue empujado hacia afuera del vagón cayendo sobre la plataforma de la estación sufriendo diversas lesiones que motivan la promoción de estos obrados.

Corrido el traslado de ley, el Estado Nacional opuso -entre otras defensas...

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