Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 13 de Diciembre de 2019, expediente CNT 061691/2016/CA001

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 61691/2016 - IBACETA, J.O. c/ PROVINCIA ART S.A. s/

ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 13 de diciembre de 2019.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. Á.E.B. dijo:

  1. Contra el pronunciamiento dictado en la anterior instancia que receptó en lo principal la demanda incoada al inicio, se alza la parte actora a tenor del memorial glosado a fs. 126/132, presentación que no mereció réplica.

  2. Adelanto que el recurso deducido por la parte actora no puede progresar.

    Digo ello pues la decisión de la Sra. Juez a quo de prescindir –a los efectos de determinar el daño resarcible- de la hernia discal advertida por el perito resulta acertada, dado que no se han acreditado en autos la categoría y/o las tareas de esfuerzo invocadas en la demanda como detonante, sin que los argumentos expuestos en el memorial en torno a las características de las tareas que cumplen los estibadores resulten hábiles para acceder a la revisión pretendida, por cuanto –reitero- aquél requisito probatorio se imponía ante el desconocimiento formulado por la demandada (v.

    negativa de fs. 27, en cuanto a tareas y categoría profesional) y la ausencia de denuncia al respecto, omisión que impide considerar aceptado dicho tramo del reclamo en los términos del art. 6º del Dto. 717/96 (modif. por el Dto. 1475/15).

    En efecto y más allá de la inclusión de la dolencia en el báremo del decreto 658/96 –aspecto en que hace hincapié la apelante-, lo cierto es que no se han probado en autos los hechos invocados en la demanda como su desencadenante, pese a que el perito aclara expresamente en su dictamen que el actor porta la incapacidad informada “...obviamente sujeto a probanzas...” (v. fs. 86).

    Fecha de firma: 13/12/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #28732861#252518135#20191213120215806 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Por ello, ante la ausencia de pruebas que demuestren la categoría, las tareas, la mecánica y/o las condiciones en que prestaba tareas el actor debo coincidir con la conclusión adoptada en la sede de grado, pues el dictamen elaborado por el perito médico legista sólo se compone de apreciaciones científicas abstractas que no acreditan por sí mismas la materialidad de las circunstancias denunciadas como origen de las patologías advertidas, mientras que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR