Iachetti Franco Domingo S/ Quiebra S/ Incidente de Realizacion de Bienes (inmuebles-pinamar)

Fecha de disposición21 Julio 2011
Fecha de publicación21 Julio 2011
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32196

Jueves 21 de julio de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.196 35 la calle Sargento Cabral 605, esq. Zapiola de la Localidad de Bernal, Partido de Quilmes, Pcia de Bs.

As.- Nomenclatura Catastral: Circ: II, Secc: L Manz:

59 Parcela 11, Matricula: 87482 Se trata de una propiedad de dos plantas ubicada en esquina, consta en planta baja de toilette, living-comedor, dos garages, (uno de ellos en subsuelo), cocina lavadero, sala de planchado, una habitación y patio, en planta alta tres habitaciones, dos baños. Se encuentra ocupado por el Sr. Mateo Reinieri, su hija y su nieta menor de edad. Base: $' 200.000.-Seña 30% Comisión 3% Sellado Ley, y 0,25% en concepto de arancel. “Ad- Corpus”: Al contado y al mejor postor, todo el dinero en efectivo en el acto de la subasta.

Los compradores deberán constituir domicilio en Capital Federal y depositar el saldo de precio dentro del quinto dÃa de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 580 del CPCCN, El comprador debera indicar en autos dentro del tercer dÃa de realizado el remate el nombre del eventual comitente con los recaudos establecidos por el art.

571 del mismo código. El impuesto a la transferencia de inmuebles y de sellos si correspondiere serán abonados por el comprador. En todos los casos en que por cualquier causa la aprobación de la subasta se efectúe transcurridos mas de 30 dÃas corridos desde la fecha de celebración del remate, el comprador deberá abonar al contado el saldo de precio con mas los intereses a partir de la fecha de la subasta y hasta el efectivo pago, que cobra el Banco Nacion Argentina para operaciones ordinarias de descuento a treinta dÃas (conf. Cam. Com. En Pleno 27-10-94 ”SA La Razon s/Quiebra s/inc. Pago de los profesionales”. Las deudas por impuestos tasas y contribuciones anteriores a la fecha de quiebra serán objeto de verificación en caso de asi requerirlo los respectivos acreedores. Las originadas entre el auto de quiebra y la fecha de posesión del inmueble por parte del comprador deben ser abonadas por la sindicatura como gastos del concurso. (L.C. 240). Y las posteriores a esta fecha seran a cargo del comprador. Informes TE 154-948-9804 Visitar los dÃas vi 5 y lu 8 de agosto de 15.00' hs a 16.00' hs Buenos Aires, 7 de julio de 2011.

Héctor L. Romero, secretario.

e. 15/07/2011 N'º' 85594/11 v. 21/07/2011 %@% N'° 9

El Jdo. Nac. de 1'° Inst. en lo Com. N'° 9 Sec. N'° 17, sito en M. T. de Alvear 1840 P:4'°, Cap. Fed., comunica por 5 dÃas en autos: “Av. Almirante Brown 800 S.R.L. s/Quiebra s/Incidente de realización de inmuebles”, expte. N'° 102.195, que el martillero Mariano Espina Rawson (CUIT: 20-04138967-3 IVA Resp. Insc.) el 18 de agosto de 2011 –11:45 hs. En Punto– en Jean Jaures 545, Cap. Fed., rematará Desocupado y Ad-Corpus, Al Contado y Al Mejor Postor, el 100% del inmueble propiedad de la fallida (CUIT: 30-62603977-0) sito en Avda. Alte. Brown 794/800, esq. Avda. Benito Pérez Galdós s/N'°, Cap.

Fed. NC: Circ. 4, Secc. 6, Manz. 41, Parc. 20 B, MatrÃcula 4-01380, Partida 0120367. S/tÃtulo el lote de terreno mide 14,76 m de frente al SO s/Alte. Brown, 3 m en la ochava, 14,70 m en su otro frente al SE s/Benito Pérez Galdós, 16,88 m en el costado NE y 16,87 m en la lÃnea NO. El edificio se encuentra en principio de demolición. En planta baja, los frentes se encuentran tapiados por paneles metálicos.

En planta alta sólo quedan las paredes exteriores y en pocos ambientes, algo de techo. Base: $ 1.800.000.- Seña 30% (en dinero efectivo o mediante cheque certificado a la orden del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Suc. Tribunales). Comisión 3% + IVA. Arancel CJSN 0,25%. Sellado 0,8%. El saldo de precio deberá integrarse dentro del plazo de 5 dÃas de aprobado el remate sin necesidad de notificación a los adquirentes ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlos postores remisos (CPCCN: 584). Las expensas, tasas, impuestos o contribuciones que se devenguen con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo de los adquirentes. Queda excluÃda la posibilidad de compra en comisión, intervención de gestores de negocios, la cesión de los derechos...

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