Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 9 de Noviembre de 2018, expediente FCB 030967/2017/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

AUTOS: “I, G M EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE SU HIJO

MENOR c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA

NACION s/ LEY DE DISCAPACIDAD”

En la Ciudad de Córdoba a nueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

I, G M EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR c/

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/ LEY DE

DISCAPACIDAD

(Expte. N° FCB 30967/2017/CA2-CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada, Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación (fs. 152/155) en contra del pronunciamiento de fecha 6

de julio de 2018 dictado por el señor J. Titular del Juzgado Federal de Río Cuarto que en su parte pertinente dispuso: “…1. Acoger la presente acción de amparo impetrada por

I.G.M. en nombre y representación de su hijo, ordenando a la demandada –Obra Social del Personal Civil de la Nación – que en forma inmediata y sin más dilaciones autorice la cobertura total (100 %) de la SILLA DE RUEDAS MODELO Q6 EDGE

TILT, conforme lo indicado por la especialista tratante Dra. C.G.A. y medicamentos que le prescriban los profesionales que asistan al menor a una cobertura del 100 %, atento la discapacidad que padece y conforme marco legal vigente...

FDO.: C.A.O. –

JUEZ FEDERAL (fs. 142/151).-

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: LILIANA

NAVARRO – A.G.S.T. – L.R.R..

La señora J.a de Cámara, doctora L.N., dijo:

Fecha de firma: 09/11/2018

I.- Contra el pronunciamiento que acoge la Alta en sistema: 12/11/2018

Firmado por: A.G.S. TORRES,

Firmado por: L.R.R.,

Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO,

Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA

30055594#219803674#20181109131349724

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MENOR c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA

NACION s/ LEY DE DISCAPACIDAD

acción de amparo apela la apoderada de obra social demandada, doctora M.F.Z. quien en primer lugar se agravia por cuanto entiende que la sentencia de grado posibilita un enriquecimiento ilícito sin causa para la parte actora. Arguye que el decisorio apelado es arbitrario pues afecta al resto de la población beneficiaria de su mandante,

considerando así qu e el Agente del Seguro de Salud debe de una forma equitativa e igualitaria distribuir sus ingresos a los efectos de cubrir todas las necesidades médico asistenciales de sus afiliados. Manifiesta que las sillas de rueda que provee su mandante brindan la misma funcionalidad que la solicitada, permitiendo el adecuado control postural y otorgando las mismas posibilidades de desplazamiento y traslado de la paciente. Agrega que la silla ya provista por U.P.C.N. además de brindar la misma funcionalidad que la silla solicitada permite el adecuado control postural y otorga la misma posibilidad de desplazamiento y traslado del paciente.

Sostiene que no se explica ni surge de la prueba rendida en autos, la necesidad de un reemplazo a menos de dos años de estar usándola. Expresa que se genera un gravamen irreparable al condenar a su mandante en una obligación genérica y vaga con cobertura al 100% de su costo para el caso del amparista, conforme sus requerimientos. Cita normativa. F. reserva del caso federal ( fs. 152/155).-

Corrido el traslado de ley, el mismo fue contestado por la parte actora y por el señor Defensor Público Oficial, Dr.

J.R.P., a cuyos fundamentos se remite en honor a la brevedad (fs. 157/161 y fs. 164/166 respectivamente).-

Arribados los autos a esta Alzada, con fecha 14/09/2018 se corrió vista al Sr. Fiscal General, quien manifiesta que nada Fecha de firma: 09/11/2018

Alta en sistema: 12/11/2018

Firmado por: A.G.S. TORRES,

Firmado por: L.R.R.,

Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO,

Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA

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tiene que observar respecto del control de legalidad que le compete (fs.

213vta.), quedando de esta manera la causa en condiciones de ser resuelta.-

  1. Previo a todo, corresponde hacer una breve descripción de la causa. La presente acción de amparo fue iniciada con fecha 19/06/2017 por la Sra. I., G.M. en nombre y representación de su hijo menor discapacitado C., B.

  2. , con patrocinio letrado del Dr. José

    Ricardo Verdie, contra la OBRA SOCIAL UNION PERSONAL CIVIL DE

    LA NACION, solicitando el suministro del una silla de ruedas motorizada tipo modelo Q6 Edge Tilt, de tracción central, ruedas delanteras y traseras de 15 cm, rueda central neumática de 35 cm T. para regulación de joystic en posición adecuada, apoya brazos regulables en altura con apoyo de antebrazos con sistema de suspensión ATX, joystick electrónico, batería de 12 v de ciclo profundo, con sistema T. para regulación de joystick en posición adecuada. Apoya brazos regulable en altura con apoyo de antebrazos acanalados y giratorios, con mesa escotada de policarbonato,

    apoya pies independientes y rebatibles, con regulación antero posterior que contemplan la posición de retracción de MMII, almohadillas blandas para apoyo de los pies, motorización de 4 polos, regulación de velocidad mínima y máxima, frenos inteligentes, con función de Tilt y elevación electrónico para lograr descargas de peso en diferentes zonas del cuerpo, con chapa rígida de asiento para la instalación de los siguientes elementos de postura:

    Respaldo postural rígido tipo New back Fips, con carcaza de aluminio,

    acolchado de respaldo con base de espuma con memoria y funda de neopreno, con Clamps para desmontar la silla, regulables en profundidad,

    15º de inclinación y rotación, P. anatómicos para control lateral de tronco rebatibles, ajustables en infinitas posiciones con posibilidad de añadir links, K. de relleno Sunmate para conformar apoyo en toda su Fecha de firma: 09/11/2018

    Alta en sistema: 12/11/2018

    Firmado por: A.G.S. TORRES,

    Firmado por: L.R.R.,

    Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO,

    Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA

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    espalda. A. posicionador tipo M.L. adaptado a medidas asimétricas del paciente, confeccionado con una combinación de espuma de alta resistencia y sacos de gel liquido de doble capa para proporcionar la máxima protección en torno a las prominencias óseas y estabilidad en la pelvis, con contorno Abductor para conseguir línea media de los MMII y lograr correcto posicionamiento de las piernas, K. de cuñas, con funda exterior resistente a la humedad y transpirable S.. Cinturón pélvico BP

    de 4 puntos, hebilla con botón pulsador de ajuste lateral, almohadilla para distribución de presión, anclaje en dos puntos con pasador cinch mount,

    almohadillas sub-asis de material siliconado para anteversión pélvica.

    Soporte de tronco M., elaborado con material acolchado y elástico para proporcionar una eficiente distribución de presión, tejido exterior de malla cerrada. P. central de estabilización, sistema de control cefálico “2” para silla de ruedas postural, que proporcione una conexión fundamental para la alineación posterior con un límite a la extensión cervical y punto de descanso a través de almohadillas...

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