Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 23 de Octubre de 2018, expediente CIV 009522/2017/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 9522/2017.- A.

  1. Y OTROS c/ E. SA Y OTROS s/DILIGENCIAS PRELIMINARES Buenos Aires, de octubre de 2018.-

    AUTOS Y VISTOS:

  2. Por recibidos.-

  3. Para dar respuesta a las quejas vertidas a fs.

    153/154, que no han de ser favorablemente acogidas se señala que no se controvierten los valores manifestados a fs. 145/147, sino que se hace mención a que en el acuerdo además de las dos obligaciones mencionadas por el perito, la demandada asume varias obligaciones más; es claro que el monto comprometido en el acuerdo que puso fin a este expediente deviene superior a lo pretendido por el experto; pero este es el límite de los agravios.

    En atención al monto del proceso; considerando la calidad de la labor pericial desarrollada, su naturaleza y dado lo normado por los arts. 21 y conc. de la ley 27.423, se elevan los honorarios establecidos a fs. 139 en favor del perito ingeniero a la suma de VEINTE MIL PESOS ($ 20.000), que corresponden a 11,66 UMA (Ac. 27/2018 de la CSJN) .

  4. Regístrese y, una vez cumplido con lo dispuesto en la Acordada N° 24/13 de la C.S.J.N., devuélvase. Se encomienda la notificación de la presente a la instancia de grado. Integra la Sala la Dra. M.I.B. según Resolución del Tribunal de...

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