Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 28 de Diciembre de 2017, expediente CIV 071923/2006/CA002

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 71923/2006

  1. C. D. s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, de diciembre de 2017 fs.515 AUTOS Y VISTOS:

  2. Estos autos han sido elevados en consulta, conforme lo dispone el art. 633 y art. 253 bis del CPCC en función de la sentencia de fs. 472/475 mediante la cual se declaró la restricción al ejercicio de la capacidad de C.D.I.

    La Sra. Defensora de Menores e Incapaces de Cámara dictaminó a fs. 512/513 y solicitó que se confirme la sentencia de grado siempre y cuando se aclare que C. necesita dicho apoyo de representación para los actos de disposición de sus bienes inmuebles o muebles registrables.

    Repasadas las constancias de autos se desprende que el día 28 de marzo de 2008 se lo declaró incapaz en los términos del art. 141 del Código Civil (fs. 129), sentencia que fue confirmada por ésta Sala (fs. 148).

  3. A fs. 472/475, se dictó el pronunciamiento por el cual la Señora Juez a quo resolvió: …

  4. Restringir la capacidad de C. D. I.

    (D.N.N. N° 17.296.xxx) para los actos que a continuación se indican y con la modalidad de apoyo que se especifica: a) Cobrar y administrar su beneficio previsional y/o otras sumas de dinero que pudiera percibir; ello, sin perjuicio de que pueda manejar pequeñas sumas de dinero con la debida asistencia de quienes se designan como apoyo y, que dicho manejo se incremente con el tiempo en la medida de sus posibilidades y conforme lo aconsejen los profesionales de la salud intervinientes en su tratamiento; b) Para la celebración de contratos o acuerdos de toda índole; c) Para la Fecha de firma: 28/12/2017 Alta en sistema: 06/02/2018 Firmado por: E.D.D.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #13611085#196665465#20171227102347874 administración de los recursos de salud; d) Para cumplir las indicaciones terapéuticas que se le efectúan, para prestar consentimiento informado para el suministro de medicación y/o la realización de prácticas o tratamientos que se le propongan… e)

    Para intervenir en procesos judiciales.

  5. Para que lo representen en el caso de los acápites b) y e), se designan como APOYO al Sr. C.A.I. y a la Sra. A.M.I.…

  6. La consulta es una expresión más del orden público que tutela la capacidad de las personas y es en función de ese carácter tutelar que se justifica el apartamiento a las restricciones formales que rodean la interposición de los recursos y la facultad de los jueces de revisar sin limitaciones el debido cumplimiento de la...

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