Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 29 de Noviembre de 2016, expediente CFP 015026/2003/43/CA007

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 15026/2003/43/CA7 CCCF - Sala I CFP 15026/2003/43/CA7 “Hua Carolina Wang s/ regulación de honorarios”

Juzgado n° 11 – Secretaría n° 21.

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la traductora pública en idioma chino mandarín, H.C.W., contra el auto a través del cual el juez de grado reguló los honorarios de la nombrada en la suma de mil ochocientos pesos ($1.800).

    La profesional sostiene que la suma establecida resulta exigua ya que no guarda relación con la actividad procesal que ha desplegado, teniendo en cuenta el tiempo dedicado a la labor encomendada (4 horas). Así, considera que sus honorarios deben regularse en $ 15.360 de acuerdo al valor hora que fija la tabla de aranceles estimativos del Colegio Profesional de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

  2. Es preciso recordar que H.C.W. intervino en la causa como intérprete del idioma chino mandarín en la declaración indagatoria de Y.C. prestada en la presente causa, los días 22 de abril desde las 10 hs. hasta las 11.40 hs. y 26 de abril desde las 11 hasta las 13 horas, del corriente año, totalizando 3 horas y 40 minutos de labor (ver fs. 602 y 606 del principal).

    En relación con el planteo de la recurrente, esta S. lleva dicho que “…la tabla en cuestión adolece de carácter vinculante y es sólo orientativa para el Tribunal…sin perjuicio de lo cual jurisprudencialmente se le ha reconocido trascendencia a la Fecha de firma: 29/11/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., PROSECRETARIA DE CAMARA #28890321#167967728#20161129135704106 hora de efectuar el cálculo de honorarios en tanto conforma un elemento coadyuvante de singular importancia al aportar pautas objetivas y concretas para mensurar la labor desarrollada, en base a un criterio equitativo de proporcionalidad sentado en función de la complejidad del idioma de que se trata, la naturaleza del documento a traducir y la cantidad de fojas o de palabras involucradas” (causa n° 41.713 del 07/05/2008, reg. n° 484; causa n° 48.214 del 4/6/13, reg. n° 599; entre otras). De ninguna manera, tal extremo puede ser único o excluyente, sino que, en todo caso, debe ser integrado dentro del contexto de...

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