Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 12 de Junio de 2013, expediente 64.208

Fecha de Resolución12 de Junio de 2013

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Incidente de contienda negativa de competencia en la causa N° 57/2013 (1741), caratulada "HSBC

BANK ARGENTINA S.A. y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769", Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 3, S. "B", N° 64.208, folio N° 264, orden N° 25.256.

Illnos Aires, 1\2-dejunio de 2.013.

VISTOS:

La cuestión de competencia suscitada entre los Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario N° 3 Y N° 1.

El escrito de fs. 205/207 vta. de este incidente, por el cual el señor fiscal general de cámara contestó la vista que le fue conferida a fs. 204

del presente.

y CONSIDERANDO:

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U 1°) Que, por la resolución de fs. 171/177 vta. de los autos u.

O principales, el Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 3 se declaró

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00 incompetente para seguir entendiendo en el expediente N° 57/13 (1741 ),

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caratulado "HSBC BANK ARGENTINA S.A. Y OTROS SOBRE

INFRACCIÓN LEY 24.769" Y lo remitió al Juzgado Nacional en lo Penal Tribuntario N° 1 para su acumulación a la causa N° 1748/2005 (1515)

caratulada "N.N. CONTRIBUYENTE: RED DE MUL TISERVICIOS S.A.

SOBRE EVASIÓN TRIBUT ARIA".

  1. ) Que, por la resolución de fs. 181/188 de los autos principales el Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 1 no aceptó la competencia atribuida.

    Por la resolución de fs. 197/198 vta. del legajo principal el Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 3 mantuvo el criterio adoptado por la resolución de fs. 171/177 vta. y dio por trabada la cuestión de competencia que es el objeto del presente incidente.

  2. ) Que, por el escrito de fs. 1/17 de los autos principales la A.F.I.P.-D.G.

    1. denunció " ...la presunta comisión del delito de asociación ilícita tributaria, tipificada en el artículo 15 inciso c) de la Ley 24. 769" pues estimó que " ...en el marco de la investigación encomendada por el Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nro. 1, en el marco de la causa N° 1748/2005 int 1515 se ha detectado que la organización delictiva que aquí se denuncia, ha prestado sus servicios al contribuyente RED DE

      MULTISERVICIOS S.A., obteniendo así una mCLyimización de! lucro proveniente de la utilización defacturas apócrifas y una planificación fiscal y financiera defraudatoria, necesarzas para disminuir e! importe correspondiente a la base imponible de los tributos que se encuentra obligada a oblar ... ".

      Concretamente, se denunció que algunos de los cheques librados por RED DE MULTISERVICIOS S.A. para el supuesto pago de facturas apócrifas fueron depositados en cuentas bancarias del HSBC BANK

      ARGENTINA S.A. pertenecientes a MAS DISTRIBUIDORA S.A., inscripta en la actividad de venta al por menor de diarios y revistas -y, por 10 tanto,

      exenta del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios-, y a RECAUDACIONES y SERVICIOS DEL SUR S.R.L., inscripta en la actividad de servicios bursátiles de mediación o por cuenta de terceros -y, por 10 tanto, exenta del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios-, las cuales habrían sido informadas a laA.F.I.P.-D.G.

    2. a través del sistema S. el HSBC BANK ARGENTINA S.A. vinculadas a una C.U.I.T. genérica y no a las C.U.I.T. de las titulares de aquellas cuentas de conformidad con lo exigido por la normativa...

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