Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 9 de Mayo de 2019, expediente CIV 010663/2017/CA001

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C HOYOS, C.J.A. c/G., DIEGO EZEQUIEL Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 10663/2017/CA1 Juzgado N° 21 Secretaría N° 41 Buenos Aires, 9 de mayo de 2019.

Y VISTOS: I.V. apelada por la actora la resolución de fs. 45 mantenida a fs. 52/5, mediante la cual el Sr. Juez de grado declaró operada la caducidad de instancia de las presentes actuaciones por haber transcurrido el plazo de perención previsto por el art. 310, inc. 1 CPCC. II. El escrito con el cual intenta fundarse el recurso concedido no constituye una crítica concreta y razonada de los fundamentos del fallo recurrido, por lo que correspondería declarar su deserción (cfr. doc. art. 265 y 266, Código Procesal).

Así es dable considerarlo, toda vez que el apelante no ha manifestado ningún argumento que permita controvertir las conclusiones a las que arribó el juez de primera instancia respecto del lapso de tiempo transcurrido desde el último acto impulsorio.

En efecto, como bien ha sido señalado por el a quo, de la lectura de autos surge con claridad que desde la actuación de fs. 42 vta. (con fecha 7.3.18) hasta la declaración de caducidad de fs. 45 (con fecha 11.10.18)

transcurrió un plazo mayor al contemplado en el art. 310, inc. 1 CPCC.

No se advierte -como lo sostiene el recurrente- que exista actividad pendiente del Tribunal, sino de la propia parte interesada.

Repárese que una vez notificado por el juzgado el auto de fs. 42 (según constancia de fs. 42. vta.) -que hizo saber el juez que iba a conocer en la causa- sólo restaba alguna petición de parte de la recurrente a fin de instar el Fecha de firma: 09/05/2019 proceso y dar traslado de la demanda.

Alta en sistema: 10/05/2019 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA DIEGO EZEQUIEL Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N°

HOYOS, C.J.A. c/G., 10663/2017 #29494689#233886429#20190508133455680 Tal inactividad es demostrativa del desinterés de la apelante en mantener viva la instancia en este proceso que torna aplicable el instituto de que aquí se trata, cuya finalidad es evitar la prolongación indebida e...

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