Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 29 de Octubre de 2009, expediente 24.600/2006

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2009

EXPTE. 24.600/2006

TS07D42244

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 42244

CAUSA Nº 24.600/2006 - SALA VII – JUZGADO Nº 57

En la ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de octubre de 2009, para dictar sentencia en los autos: “ACUÑA, H.M.

C/ DANONE ARGENTINA S.A. S/ ACCIDENTE – ACCION CIVIL”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs. 7/18 se presenta el actor e inicia demanda contra “DANONE ARGENTINA S.A.”, contra “BERKLEY INTERNATIONAL

    A.R.T. S.A.” y contra “LA CAJA A.R.T. S.A.” en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor.-

    Aduce que se desempeñó en relación de dependencia con la demandada (DANONE) cumpliendo tareas en el establecimiento conocido con el nombre B., en las condiciones y con las características que detalla, desde el 19 de abril de 1993.-

    Sostiene que luego de haber prestado servicios durante 11 (once) años, su contrato finalizó a instancias de la patronal mediante un instrumento escrito llamado “convenio de desvinculación art.241 LCT”, lo que aconteció no sólo en su caso sin que una innumerable cantidad de operarios compañeros fueron puestos en la misma situación, sin posibilidades de discutir los términos del acuerdo, y mucho menos, las cifras por las cuales se aceptaba la desvinculación.-

    Afirma que a raíz de ello intima a su otrora empleadora en los términos que reproduce, sin obtener resultado favorable.- Reclama entonces diferencias indemnizatorias correspondientes al despido ilegítimo.-

    También señala que a raíz de sus tareas y ambiente de trabajo se dañó su salud, por lo que reclama la reparación integral de su incapacidad con fundamento en las disposiciones del Código Civil, por lo que plantea la inconstitucionalidad de varias normas de la Ley de Riesgos del Trabajo.-

    A fs. 39/53 vta. responde “B. INTERNATIONAL

    ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.” y opone defensa de falta de legitimación pasiva por no seguro y defensa de falta de acción.-

    A fs. 61/74 lo hace “DANONE ARGENTINA SOCIEDAD

    ANÓNIMA”.-

    Desconoce todos los extremos invocados por el actor,

    relata su versión de los hechos y, tras realizar varias consideraciones más, solicita el rechazo de la demanda.-

    Lo propio hace “LA CAJA A.R.T. ASEGURADORA DE

    RIESGOS DEL TRABAJO ART SOCIEDAD ANONIMA”, a fs. 111/132vta.-

    A fs. 374-I el actor junto con las aseguradoras de riesgos del trabajo, llegaron a un acuerdo por las enfermedades reclamadas, que conforme resolución de fs. 478-I/479-I, fue debidamente homologado.-

    Sentado lo expuesto, la cuestión a dilucidar en la sentencia de primera instancia se encontraba circunscripta a las diferencias indemnizatorias reclamadas por el cese.-

    A fs. 542/546 obra la sentencia en la que la “a-

    quo”, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en la causa decide en sentido desfavorable a las pretensiones del actor.-

    Los recursos que analizaré llegan interpuestos por la...

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